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Violencia obstétrica: el caso de Puerto Montt y un problema que afecta a 3 de cada 10 mujeres
La destitución de un matrón del Hospital de Puerto Montt por comentarios sexualizados y discriminatorios reabre el debate sobre la violencia obstétrica en Chile, una práctica reconocida por ley desde 2024 y que, según datos oficiales, ha afectado a casi tres de cada diez mujeres.
La destitución de un matrón del Hospital de Puerto Montt, luego de que una paciente embarazada denunciara comentarios sexualizados y discriminatorios durante una atención, vuelve a poner el foco sobre la violencia obstétrica en Chile. Desde 2024 la ley reconoce expresamente este tipo de violencia, mientras la primera medición oficial reveló que un 29,6% de las mujeres ha experimentado alguna de sus manifestaciones.
Rosa Ayancán llegó en junio pasado hasta la Unidad de Urgencia Obstétrica del Hospital de Puerto Montt. Estaba embarazada y había sido derivada desde el Cecof de Chamiza. Lo que ocurrió durante esa atención terminó tres meses después con la destitución de uno de los profesionales del establecimiento.
Según denunció la paciente, el matrón Juan Veloso Inzunza realizó comentarios ofensivos y de connotación sexual, además de burlarse de su apellido y hacer una referencia despectiva a su origen indígena frente a otros funcionarios. El episodio derivó en un sumario administrativo que terminó con su desvinculación. El profesional ya acumulaba otros tres procedimientos administrativos.
La respuesta institucional podría hacer aparecer el episodio como un caso cerrado: hubo una denuncia, una investigación y finalmente una sanción. Sin embargo, el episodio abre una discusión bastante más amplia. Desde 2024 Chile reconoce legalmente la violencia gineco-obstétrica y los primeros datos oficiales muestran que está lejos de tratarse de situaciones excepcionales.
La V Encuesta Nacional de Violencia contra las Mujeres (ENVCM), presentada por el Estado en diciembre de 2024, determinó que el 29,6% de las mujeres de entre 15 y 65 años había experimentado durante su vida al menos una de las situaciones consideradas violencia gineco-obstétrica. Fue la primera vez que esta forma de violencia fue incorporada a la medición nacional.
En otras palabras, casi tres de cada diez mujeres consultadas reportaron haber vivido algún tipo de maltrato, agresión, negación injustificada o abuso durante una atención vinculada con su salud sexual y reproductiva.
Qué es la violencia obstétrica en Chile
La discusión no se limita al momento del parto. La Ley 21.675, que establece medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, define la violencia gineco-obstétrica como “todo maltrato o agresión psicológica, física o sexual, negación injustificada o abuso” ocurrido durante la atención de la salud sexual y reproductiva de una mujer.
La definición incluye expresamente la gestación, el preparto, parto, puerperio, aborto y las urgencias ginecológicas.
Eso significa que la violencia obstétrica no necesariamente implica una lesión física ni un procedimiento médico realizado incorrectamente. Puede expresarse también mediante humillaciones, infantilización, comentarios sexuales, discriminación, falta de información o decisiones adoptadas sin considerar adecuadamente la autonomía de la paciente.
Tampoco significa que una cesárea, inducción, tacto vaginal u otra intervención constituya por sí misma violencia. La discusión está relacionada con su justificación clínica, la información proporcionada, el consentimiento de la paciente y el trato que recibe durante la atención.
Ahí el caso de Rosa Ayancán adquiere una dimensión particular desde una perspectiva de género: la mujer se encontraba embarazada, dentro de una institución sanitaria y en una relación inevitablemente asimétrica con quienes tenían a su cargo su atención. A eso se agregó, según su denuncia, una burla asociada a su apellido y origen indígena.
La propia Ley 21.675 obliga a los organismos del Estado a prestar especial atención a las mujeres que enfrentan situaciones de vulnerabilidad y dispone que los trabajadores de la salud no pueden ejercer violencia ni discriminación contra ellas.
Una desigualdad que también aparece en los estudios
Antes de que existiera la actual medición oficial, una investigación publicada en 2022 por Manuel Cárdenas y Stella Salinero en la Revista Panamericana de Salud Pública ya había advertido sobre la magnitud del fenómeno.
El estudio consultó a 2.105 mujeres de todas las regiones de Chile y un 79,3% señaló creer haber experimentado alguna forma de violencia obstétrica. Los autores encontraron más reportes entre mujeres jóvenes de entre 18 y 29 años, aquellas que se identificaban con pueblos originarios y quienes se habían atendido en establecimientos públicos.
La cifra no es directamente comparable con el 29,6% de la ENVCM: corresponden a estudios con metodologías, instrumentos y poblaciones diferentes. Pero ambos antecedentes apuntan hacia una característica relevante del problema: la experiencia de las mujeres ante el sistema sanitario no es homogénea y determinadas condiciones sociales pueden profundizar la desigualdad en la relación con los equipos de salud.
La perspectiva de género permite observar precisamente esa dimensión. No se trata únicamente de establecer si determinada práctica médica fue técnicamente correcta, sino también de examinar quién decide, cuánta información recibe la paciente, cuánto espacio tiene para manifestar dolor o desacuerdo y cómo responde la institución cuando denuncia un trato degradante.
El segundo caso de Puerto Montt en pocos meses
El episodio que afectó a Ayancán tampoco es la primera denuncia reciente por eventual violencia obstétrica vinculada al Hospital de Puerto Montt.
A fines de mayo, una mujer con discapacidad intelectual acudió dos veces al hospital debido a síntomas relacionados con su embarazo y fue enviada de regreso a su domicilio. Finalmente dio a luz en su casa, mientras su familia recibía instrucciones telefónicas para asistirla. El hospital abrió posteriormente una auditoría médica.
El caso llegó hasta el Instituto Nacional de Derechos Humanos. Su sede de Los Lagos ofició al Servicio de Salud del Reloncaví solicitando conocer si se habían abierto investigaciones o procedimientos administrativos y, además, si el establecimiento contaba con protocolos destinados a prevenir situaciones de violencia obstétrica.
Los dos episodios son diferentes y no corresponde equipararlos. Pero tienen un elemento común: involucran a mujeres embarazadas que además pertenecen a grupos sobre los cuales la legislación exige especial protección frente a situaciones de discriminación o vulnerabilidad.
Una ley vigente y una implementación todavía en desarrollo
Chile dio un paso importante en 2024 con la entrada en vigencia de la Ley 21.675.
La norma no solo reconoce la violencia gineco-obstétrica. Su artículo 18 establece obligaciones concretas para el Ministerio de Salud, los servicios de salud y los prestadores institucionales: deben adoptar medidas para impedir que sus trabajadores ejerzan violencia o discriminación y elaborar protocolos para prevenir estos hechos, responder cuando ocurren y establecer responsabilidades.
Sin embargo, el último informe anual sobre la implementación de la ley muestra que parte de esa estructura todavía se encuentra en construcción.
Minsal informó que durante 2025 implementó un piloto para que las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) registraran específicamente consultas y reclamos relacionados con violencia gineco-obstétrica. También indicó que las capacitaciones iniciales para los equipos continuarían durante 2026 y que se prepararían documentos destinados a fortalecer los mecanismos de denuncia y la respuesta inmediata de los establecimientos.
El mismo informe señalaba que el reglamento encargado de desarrollar parte de estas obligaciones continuaba en tramitación.
Ahí aparece una de las principales dificultades para dimensionar actualmente la violencia obstétrica en Chile: existe una estimación sobre cuántas mujeres dicen haberla experimentado, pero todavía resulta más difícil conocer cuántas denuncias llegan efectivamente a los establecimientos, cuántas derivan en investigaciones y cuántas terminan en sanciones.
La larga tramitación de la Ley Adriana
En paralelo, el Congreso mantiene pendiente otro proyecto específicamente dedicado a la atención gineco-obstétrica.
La denominada Ley Adriana ingresó al Congreso en octubre de 2018 y busca establecer derechos durante la gestación, preparto, parto, postparto, aborto y atención ginecológica y sexual, además de regular específicamente la violencia gineco-obstétrica.
Ocho años después de su presentación, el proyecto continúa en segundo trámite constitucional.
La demora resulta especialmente significativa porque buena parte de la discusión que dio origen al proyecto —trato digno, autonomía, información, consentimiento y límites a determinadas prácticas— convive hoy con un escenario diferente: Chile ya cuenta con una ley general que reconoce la violencia gineco-obstétrica, pero todavía está desarrollando parte de los instrumentos destinados a hacer efectivo ese reconocimiento.