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Devolución de excedentes 2024: ¿Cómo saber si tengo monto acumulado y cuándo cobrar? DATOS ÚTILES Créditos: Nadie Pérez, Agencia Uno.

Devolución de excedentes 2024: ¿Cómo saber si tengo monto acumulado y cuándo cobrar?

Según lo dispuesto por la Superintendencia de Salud, las Isapres tienen la obligación de realizar la devolución de excedentes a sus afiliados, es decir, los saldos producidos por cotizaciones pagadas que superan la cotización pactada, que constituye la obligación legal del 7% de la renta imponible.


Como ocurre todos los años, las Isapres deben impulsar la devolución de excedentes a sus afiliados, según el saldo que tengan acumulado hasta el 31 de diciembre del 2023.

Los excedentes de cotización son saldos generados cuando las cotizaciones pagadas superan la “cotización pactada”, la cual constituye la obligación legal del 7% de la renta imponible. 

De esta manera, los usuarios de Isapres que tengan excedentes podrán recibirlos a fines de enero, aunque esto ocurre solamente para algunas de estas entidades de salud que determinaron las fechas de las devoluciones.

Para saber si tienes excedentes a tu favor, puedes consultar tu situación ingresando a los siguientes enlaces de estas Isapres: 

¿Cuándo se efectúa el pago de las devoluciones?

Hasta la fecha, son sólo algunas Isapres que han informado de la fecha en que se realizará la devolución de los excedentes. Estas instituciones son las siguientes:

  • Isapre Esencial: lunes 29 de enero de 2024.
  • CruzBlanca: martes 30 de enero de 2024.
  • Vida Tres: martes 30 de enero de 2024.
  • Consalud: martes 30 de enero de 2024.
  • Nueva Masvida: martes 30 de enero de 2024.
  • Banmédica: martes 30 de enero de 2024.
  • Colmena: miércoles 31 de enero de 2024.

¿Cómo se pagan los excedentes de Isapres?

Según la Superintendencia de Salud, el pago de los excedentes ocurre de forma automática, a través de una transferencia electrónica a la cuenta bancaria de los afiliados.

En caso de que la Isapre no tenga esa información en su sistema, se deberá pagar con un cheque nominativo o bien un vale vista.

Finalmente, cuando el monto que debe ser devuelto es menor a 0,08 UF, la institución tiene que comunicar a sus afiliados que deben cobrarlo en una sucursal, o así también, en el sitio web de la Isapre.

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