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Cómo calcular horas extras en Chile: la fórmula correcta con la jornada de 42 horas
Con la reducción de la jornada laboral, el cálculo de tus horas extraordinarias cambió. Revisa la fórmula oficial de la DT para que no te paguen de menos a fin de mes.
Un error muy común entre los trabajadores en Chile es calcular sus horas extraordinarias utilizando fórmulas desactualizadas. Con la implementación gradual de la Ley de 40 Horas —que fijó la jornada laboral ordinaria máxima en 42 horas semanales—, el factor matemático que utiliza la Dirección del Trabajo (DT) se modificó, elevando el valor de cada hora extra.
El artículo 32 del Código del Trabajo establece que las horas extras son aquellas que exceden la jornada pactada y deben pagarse con un recargo mínimo del 50% sobre el sueldo convenido. Sin embargo, para obtener el monto exacto, primero se debe determinar el valor de la hora ordinaria.
La nueva fórmula para la jornada de 42 horas
Si tienes un contrato de 42 horas semanales con sueldo mensual fijo, la fórmula oficial obliga a cambiar el antiguo divisor de 168 horas por 154. El paso a paso es el siguiente:
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Paso 1: Divide tu sueldo base mensual por 30 (para obtener el valor diario).
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Paso 2: Multiplica ese resultado por 28 (para determinar el valor de las cuatro semanas del mes).
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Paso 3: Divide el monto resultante por 154 (este resultado corresponde al valor de tu hora normal de trabajo).
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Paso 4: Multiplica ese valor por 1,5 (para aplicar el 50% de recargo legal).
Ejemplo práctico de la diferencia: Para un sueldo base de $800.000, el cálculo correcto con la jornada actual es el siguiente:
$800.000 ÷ 30 × 28 ÷ 154 = $4.848(valor hora normal).Al aplicar el recargo extraordinario (
$4.848 × 1,5), cada hora extra equivale a $7.272.Con la fórmula antigua de la jornada de 45 horas, el trabajador recibiría solo $6.666 por hora, perdiendo más de $600 por cada hora extra realizada.
Límites y regulaciones que debes conocer
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Máximo diario: La ley prohíbe trabajar más de dos horas extraordinarias por día.
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Pacto escrito: Deben acordarse por escrito para atender necesidades temporales de la empresa (con una vigencia máxima de tres meses). Si se trabajan sin pacto pero con conocimiento del empleador, igual se consideran extras y deben pagarse.
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Compensación por descanso: Existe la opción de cambiarlas por días adicionales de vacaciones (hasta 5 días hábiles al año), donde cada hora extra equivale a una hora y media de descanso.
Si tu empleador no registra correctamente tus horas o se niega a pagarlas junto con la remuneración del mes correspondiente, puedes ingresar un reclamo formal en la oficina virtual de la Dirección del Trabajo.