Publicidad
Accidente laboral en Molina: qué hacer y cuáles son los derechos del trabajador DATOS ÚTILES www.freepik.es

Accidente laboral en Molina: qué hacer y cuáles son los derechos del trabajador

Publicidad

Tras el accidente laboral registrado en Molina, conoce qué debe hacer un trabajador, quién debe denunciar el hecho y cómo funciona la cobertura de la Ley N° 16.744 ante una lesión ocurrida a causa o con ocasión del trabajo.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
Un accidente laboral puede ocurrir durante la jornada o en circunstancias relacionadas directamente con el trabajo. En Chile, estos hechos están cubiertos por la Ley N° 16.744, que establece un seguro para trabajadores afectados por lesiones o enfermedades profesionales. Tras un accidente, se debe informar al empleador, solicitar atención médica y realizar la correspondiente Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT). Conoce qué hacer, quién debe denunciar y cuáles son las prestaciones médicas y económicas contempladas por este seguro.
Desarrollado por El Mostrador

El Mostrador Fuente Preferida

El accidente laboral registrado en Molina vuelve a poner el foco en los procedimientos que deben seguir trabajadores y empleadores cuando ocurre un hecho de estas características. En Chile, estos eventos están regulados por la Ley N° 16.744, que establece un seguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

De acuerdo con la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), se considera accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.

Ante un accidente, existen pasos que deben seguir tanto el trabajador como el empleador para que se active la cobertura correspondiente.

¿Qué debe hacer un trabajador después de un accidente laboral?

Lo primero es informar el accidente a la jefatura directa o al empleador y solicitar atención médica.

El trabajador debe ser derivado al organismo administrador del Seguro de la Ley N° 16.744 que corresponda a su empresa, como una mutualidad o el Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

Si el empleador no realiza las gestiones correspondientes, el propio trabajador puede denunciar el accidente y concurrir al organismo administrador. SUSESO establece que, si el empleador no envía al trabajador accidentado al establecimiento asistencial correspondiente, este puede acudir por sus propios medios y denunciar el hecho.

¿Quién debe denunciar el accidente?

La responsabilidad principal corresponde al empleador, quien debe presentar la Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) ante el organismo administrador dentro de un plazo máximo de 24 horas desde que tomó conocimiento del accidente.

Si el empleador no realiza la denuncia dentro de ese plazo, también pueden hacerlo:

  • El trabajador accidentado.
  • Sus familiares o derechohabientes.
  • El Comité Paritario de Higiene y Seguridad, cuando corresponda.
  • El médico tratante.
  • Cualquier persona que haya tenido conocimiento del accidente.

¿Qué es la DIAT?

La Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) es el documento mediante el cual se informa formalmente el accidente al organismo administrador del seguro.

En este formulario deben registrarse antecedentes del trabajador, del empleador, del lugar donde ocurrió el accidente y una descripción de cómo sucedieron los hechos.

El organismo administrador debe disponer de estos formularios para realizar la denuncia.

¿Dónde debe atenderse el trabajador?

En general, el trabajador debe ser atendido en el establecimiento asistencial correspondiente al organismo administrador de la Ley N° 16.744 al que está afiliado su empleador.

Sin embargo, si existe una urgencia médica, la atención debe proporcionarse de inmediato cuando la condición de salud implique riesgo vital o de sufrir una secuela funcional grave. En determinadas circunstancias, el trabajador puede ser trasladado inicialmente a otro centro asistencial para su estabilización.

Por ello, ante una emergencia grave, la atención médica no debe retrasarse por la falta de un trámite previo.

¿Qué cubre el Seguro de la Ley N° 16.744?

  • El seguro contempla prestaciones destinadas a la recuperación del trabajador accidentado.
  • Entre ellas se encuentran las prestaciones médicas necesarias para recuperar la salud y prestaciones económicas, como subsidios, indemnizaciones o pensiones de invalidez, dependiendo de las consecuencias del accidente.
  • También contempla prestaciones preventivas relacionadas con asistencia técnica, capacitación y vigilancia de las condiciones de seguridad laboral.

¿Qué debe recordar un trabajador?

Ante un accidente laboral, las principales recomendaciones son:

  • Informar inmediatamente a la jefatura o al empleador.
  • Solicitar atención médica en el organismo administrador correspondiente.
  • Verificar que se realice la DIAT.
  • Si el empleador no denuncia el accidente, el trabajador puede hacerlo directamente.
  • En caso de urgencia médica grave, buscar atención inmediata, sin esperar a completar trámites administrativos.
  • Conservar los antecedentes relacionados con el accidente y las atenciones recibidas.

El Seguro de la Ley N° 16.744 es obligatorio para los empleadores y entrega cobertura a los trabajadores frente a accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Publicidad