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Fiestas Patrias: ¿Hasta qué hora se trabaja el jueves 17 de septiembre?
El comercio debe terminar sus funciones a más tardar a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre. Revisa quiénes deben cumplir este horario, las excepciones y cómo denunciar si no se respeta el feriado irrenunciable.
A pocos días de Fiestas Patrias, una de las dudas que surge entre los trabajadores es hasta qué hora corresponde trabajar el jueves 17 de septiembre, jornada previa a los feriados irrenunciables del 18 y 19.
La respuesta depende del tipo de actividad. En el caso de los trabajadores del comercio, existe un horario límite establecido por la normativa laboral para garantizar el inicio del descanso.
Comercio debe terminar sus funciones a las 21:00 horas.
De acuerdo con la normativa vigente, los días 18 y 19 de septiembre son feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio.
Por ello, el descanso debe comenzar, a más tardar, a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre y extenderse hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre.
Esto significa que ningún establecimiento comercial puede exigir a sus trabajadores continuar desempeñando funciones después de las 21:00 horas de ese jueves.
En la práctica, algunas empresas pueden establecer horarios de salida más tempranos para sus trabajadores durante la jornada previa al Dieciocho. Sin embargo, estos horarios dependen de las condiciones acordadas en cada lugar de trabajo.
¿Qué comercios están exceptuados?
El feriado irrenunciable no se aplica de la misma manera a todas las actividades. Entre los establecimientos que pueden funcionar se encuentran:
- Restaurantes, pubs y clubes.
- Cines y espectáculos en vivo.
- Discotecas y casinos de juego.
- Farmacias de urgencia o de turno.
- Expendios de combustible y tiendas de conveniencia ubicadas en servicentros.
- Almacenes y negocios de barrio atendidos por sus propios dueños o familiares directos.
Por esta razón, antes de asumir que todos los trabajadores deben terminar su jornada a las 21:00 horas, es necesario considerar el tipo de establecimiento y las funciones que desempeñan.
¿Qué pasa con las oficinas y empresas privadas?
En el caso de oficinas, empresas e instituciones que no están sujetas a esta regulación específica, el jueves 17 puede tener un horario especial definido por cada empleador.
Es habitual que algunas empresas adelanten la salida de sus trabajadores y organicen actividades internas por Fiestas Patrias. Sin embargo, una salida anticipada por convivencia o celebración no constituye por sí sola una obligación general para todas las empresas privadas.
¿Dónde denunciar si no se respeta el feriado?
La Dirección del Trabajo realizará fiscalizaciones para verificar el cumplimiento del descanso de los trabajadores del comercio durante Fiestas Patrias.
Si un empleador no respeta el feriado irrenunciable o exige trabajar fuera del horario establecido, los trabajadores pueden realizar una denuncia ante la Dirección del Trabajo a través de sus canales oficiales.
De esta manera, para quienes trabajan en el comercio, el dato clave es claro: el jueves 17 de septiembre la jornada debe terminar, como máximo, a las 21:00 horas, salvo las actividades exceptuadas por la normativa.