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APV en Chile: qué es, cómo funciona y cómo aprovecharlo para mejorar la pensión DATOS ÚTILES Crédito: Archivo

APV en Chile: qué es, cómo funciona y cómo aprovecharlo para mejorar la pensión

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El Ahorro Previsional Voluntario (APV) permite ahorrar adicionalmente para la jubilación y acceder a beneficios tributarios. Pero existen dos regímenes diferentes y elegir correctamente entre ellos puede hacer una diferencia importante. Te explicamos cómo funciona y qué mirar antes de elegir.


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Ahorrar para la pensión no necesariamente termina con la cotización obligatoria que todos los meses llega a la AFP. Existe una herramienta adicional que permite complementar ese dinero y que, además, cuenta con incentivos tributarios del Estado: el Ahorro Previsional Voluntario, más conocido como APV.

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El APV permite destinar dinero adicional a la jubilación y puede utilizarse para aumentar la futura pensión, compensar períodos en los que no se cotizó e incluso ayudar a adelantar la jubilación, cuando se cumplen los requisitos correspondientes.

Pero aprovechar un APV no consiste solamente en depositar dinero. Hay que decidir cuánto ahorrar, dónde invertir, qué nivel de riesgo asumir y, especialmente, qué régimen tributario utilizar.

Esta última decisión puede ser especialmente relevante porque existen dos alternativas: una entrega una bonificación fiscal de 15% sobre el ahorro, mientras la otra permite rebajar los aportes de la renta afecta a impuestos.

¿Qué es un APV?

APV significa Ahorro Previsional Voluntario. Es un mecanismo mediante el cual una persona puede ahorrar voluntariamente por sobre sus cotizaciones previsionales obligatorias, con el objetivo principal de aumentar el dinero disponible para su jubilación.

Por ejemplo, una persona que cotiza todos los meses obligatoriamente en su AFP puede decidir ahorrar adicionalmente $20.000, $50.000, $100.000 o el monto que estime conveniente a través de un APV.

Ese dinero se invierte y puede generar rentabilidad durante los años siguientes.

A diferencia de lo que muchas personas creen, un APV no es necesariamente un producto de una AFP.

Puede contratarse mediante distintas instituciones autorizadas, entre ellas AFP, bancos, compañías de seguros, administradoras generales de fondos y otros intermediarios regulados.

Eso significa que existen diferentes alternativas de inversión, costos y niveles de riesgo que conviene comparar antes de contratar.

¿Para qué sirve un APV?

Su finalidad principal es complementar el ahorro obligatorio para la jubilación.

Puede ser especialmente útil para:

  • aumentar el ahorro acumulado para la pensión;
  • compensar lagunas previsionales;
  • complementar una cotización obligatoria insuficiente;
  • aprovechar beneficios tributarios;
  • comenzar a ahorrar temprano para aprovechar un horizonte de inversión largo;
  • o acumular recursos que eventualmente permitan adelantar la jubilación, si se cumplen los requisitos legales.

La diferencia respecto de un ahorro común es que el Estado entrega incentivos tributarios precisamente porque el objetivo del APV es previsional.

Y por eso retirar el dinero antes de pensionarse puede significar perder parte de esos beneficios o pagar impuestos adicionales.

¿Cómo funciona un APV?

Pueden utilizar APV tanto trabajadores dependientes como independientes que buscan ahorrar adicionalmente para su pensión.

También puede contratarse fuera de la AFP en la que una persona mantiene sus cotizaciones obligatorias. La persona elige una institución y un plan de APV, realiza aportes periódicos o extraordinarios y ese dinero se invierte de acuerdo con la alternativa escogida.

Puede, por ejemplo, definir un aporte mensual automático o realizar depósitos determinados durante el año.

No existe un monto mínimo universal para todos los APV: depende del producto y de la institución que lo ofrece.

El punto clave aparece al momento de realizar el aporte: hay que elegir su régimen tributario.

Existen dos alternativas, habitualmente conocidas como APV régimen A y APV régimen B.

Y no funcionan de la misma manera.

APV régimen A: el Estado bonifica parte de lo que ahorras

El régimen A puede resultar fácil de entender porque funciona como un incentivo directo al ahorro previsional.

La persona realiza su aporte con dinero que ya pagó impuestos y, si mantiene ese ahorro para aumentar o adelantar su pensión, puede obtener una bonificación fiscal equivalente al 15% de lo ahorrado, con un límite de 6 UTM anuales.

Supongamos un ejemplo simple:

Si una persona aporta $100.000 a un APV bajo régimen A, la bonificación asociada a ese ahorro puede llegar a $15.000, siempre que se cumplan las condiciones y límites establecidos.

Si ahorra $1 millón durante el año, el 15% equivale a $150.000.

La bonificación tiene un tope anual de 6 UTM y también está limitada por las cotizaciones obligatorias efectuadas durante el año.

Por eso no basta simplemente con calcular el 15% de cualquier monto: existen límites legales.

En términos generales, puede resultar especialmente interesante para personas cuya tasa de impuesto a la renta es baja o que pagan poco impuesto. Porque el beneficio no depende de cuánto impuesto se reduzca, sino que consiste en una bonificación fiscal de 15% sobre el ahorro elegible.

APV régimen B: permite pagar menos impuesto al ahorrar

El régimen B funciona de manera diferente. En este caso, los aportes al APV pueden rebajarse de la base imponible utilizada para calcular el impuesto a la renta, dentro de los límites establecidos por la ley.

 

En términos simples: si una persona paga impuesto a la renta y realiza APV bajo este régimen, puede disminuir la renta sobre la cual se calcula ese impuesto.

Mientras mayor sea su tasa marginal de impuesto, mayor puede ser el beneficio tributario inmediato.

Aquí no existe la bonificación fiscal del 15% del régimen A.

El beneficio está en el impuesto que se deja de pagar al momento de ahorrar.

Por eso el régimen B tiende a hacerse más atractivo mientras mayor sea la tasa de impuesto que enfrenta el contribuyente.

Pero hay una contraparte importante: si ese dinero se retira antes de destinarlo a la pensión, se aplican las reglas tributarias correspondientes al retiro.

APV régimen A o B: ¿cuál conviene más?

Esta es probablemente la pregunta más importante antes de contratar un APV.

No existe una respuesta única.

La lógica general puede resumirse así:

Característica APV régimen A APV régimen B
Beneficio principal Bonificación fiscal de 15% Rebaja de la base imponible
Máximo del beneficio 6 UTM anuales, sujeto además a otros límites legales Aportes con beneficio tributario hasta los límites establecidos
¿Reduce impuestos al momento de ahorrar? No Sí
Puede resultar atractivo para Personas con tasas de impuesto bajas o moderadas Personas con tasas de impuesto más altas
Si se retira antes Se devuelve proporcionalmente la bonificación fiscal asociada Puede generar tributación y sobretasa

La Superintendencia de Pensiones establece que una persona puede escoger un régimen para determinados aportes y utilizar el otro para aportes posteriores. El total de aportes acogidos a estos beneficios tiene un límite de 600 UF por año calendario.

Por eso tampoco es necesario pensar que elegir A o B es necesariamente una decisión irreversible para todos los futuros aportes.

¿Cuánto conviene ahorrar mensualmente en APV?

No existe una cifra universal. Una estrategia práctica puede ser partir con un monto que pueda mantenerse incluso durante meses de mayores gastos.

Por ejemplo, puede tener más sentido ahorrar $30.000 mensuales durante diez años que aportar $200.000 durante tres meses y luego abandonar el ahorro.

Esto ocurre porque uno de los mayores aliados del APV es el tiempo.

Mientras más años permanezca invertido el dinero, mayor oportunidad existe de que la rentabilidad se acumule sobre los aportes anteriores.

Es el efecto conocido como interés compuesto.

Una persona puede realizar aportes periódicos o extraordinarios según las condiciones del plan contratado.

Para efectos de los beneficios tributarios existe un tope anual de 600 UF, de acuerdo con la normativa aplicable.

En el régimen B, además, tradicionalmente se expresa el límite como hasta 50 UF mensuales o 600 UF anuales, dependiendo de cómo se realicen los aportes.

Pero para la gran mayoría de las personas el desafío práctico probablemente no será llegar al máximo legal, sino definir una cantidad mensual que sea sostenible durante muchos años.

¿Puedo retirar el APV antes de jubilar?

En general, los recursos provenientes de cotizaciones voluntarias y depósitos de APV pueden retirarse, pero hacerlo puede tener consecuencias tributarias.

En el régimen A, si se retira dinero antes de destinarlo a la pensión, se pierde proporcionalmente la bonificación fiscal correspondiente al retiro.

En el régimen B, los retiros que no se destinan a pensión quedan sujetos al tratamiento tributario establecido por la ley, precisamente porque la persona obtuvo un beneficio al realizar el aporte.

Por eso el APV no debería confundirse con un fondo de emergencia.

¿Conviene usar un APV como cuenta de ahorro?

Si existe una posibilidad importante de necesitar ese dinero en el corto plazo, probablemente conviene distinguir entre ambos objetivos.

Una cosa es tener ahorro previsional para décadas y otra disponer de dinero para una emergencia, vacaciones, una vivienda o gastos imprevistos.

El APV está diseñado precisamente para incentivar que el dinero llegue hasta la jubilación.

Por eso una estrategia financiera razonable suele considerar primero cierta liquidez para emergencias y utilizar el APV para recursos que efectivamente puedan mantenerse invertidos a largo plazo.

APV versus Cuenta 2: ¿cuál es la diferencia?

No son lo mismo.

La Cuenta 2 es una cuenta de ahorro voluntario que puede abrirse en una AFP y cuyos recursos pueden retirarse con mayor flexibilidad. La Superintendencia de Pensiones señala que actualmente permite hasta 24 giros durante un año.

El APV, en cambio, está pensado específicamente para mejorar la jubilación y contempla beneficios tributarios asociados a ese objetivo.

En términos muy simples:

Cuenta 2: mayor orientación al ahorro voluntario y disponibilidad.

APV: mayor orientación previsional y beneficios tributarios.

La mejor alternativa dependerá del objetivo que tenga ese dinero.

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