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Hoy inicia el proceso de retiro del 10% de los fondos de AFP MERCADOS Crédito: Agencia UNO

Hoy inicia el proceso de retiro del 10% de los fondos de AFP

La reforma constitucional establece que el monto mínimo a retirar son 35 UF (1 millón de pesos) y el máximo 150 UF (4,3 millones). Aquellos afiliados que tengan menos de 1 millón de pesos ahorrados, podrán retirar el total de los fondos.


Este jueves, a partir de las 09:00 de la mañana, comienza un histórico proceso en que los cotizantes de las AFP podrán retirar parte de sus fondos de pensiones, luego de una amplia aprobación en el Congreso.

Esta iniciativa surgió como una forma para ayudar a los ciudadanos a paliar los duros efectos económicos de la crisis provocada por la pandemia del covid-19.

En principio, el proceso se realizará exclusivamente por vía online para evitar aglomeraciones que podrán producir contagios de coronavirus. Para solicitar el dinero, los cotizantes tendrán que llenar un formulario. Solo necesitan el número del RUT y el número de serie.

Al respecto, el gerente general de la Asociación de AFP, Fernando Larraín señaló -según consigna Cooperativa- que «sabemos que es un gran desafío para el país, y desde las Administradoras estamos haciendo todo el esfuerzo para hacer de este proceso algo ágil y simple para todos los afiliados».

Advirtió que «si todos requieren información al mismo tiempo, es probable que se puedan generar algunas demoras en los tráficos de las páginas web, pero estamos comprometidos para que esos casos sean los mínimos posibles».

¿Cuánto puedo retirar?

La reforma constitucional establece que el monto mínimo a retirar son 35 UF (1 millón de pesos) y el máximo 150 UF (4,3 millones). Aquellos afiliados que tengan menos de 1 millón de pesos ahorrados, podrán retirar el total de los fondos.

Publicación en el Diario Oficial

Vale consignar que este jueves, el Diario Oficial publicó la reforma que permite el retiro del 10% de los fondos de pensiones.

El texto sostiene que «excepcionalmente, y para mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, autorízase a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, de forma voluntaria y por única vez, a retirar hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias».

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