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Deberá permanecer en prisión: Corte Suprema rechaza recurso de amparo presentado por la defensa de Celestino Córdova PAÍS Crédito: Agencia Uno

Deberá permanecer en prisión: Corte Suprema rechaza recurso de amparo presentado por la defensa de Celestino Córdova

El recurso buscaba que el machi Córdova pudiera pasar parte de su condena en libertad, en concreto en su rewe. Por este motivo, Córdova se encuentra en huelga de hambre. [ACTUALIZADA]


Este jueves, la Segunda Sala de la Corte Suprema tomó conocimiento de un recurso de amparo presentado por la defensa del machi Celestino Córdova, el comunero mapuche condenado por el crimen del matrimonio Luchsinger Mackay, ocurrido el año 2013.

El recurso buscaba que el machi Córdova pudiera pasar parte de su condena en libertad, en concreto en su rewe. Por este motivo, Córdova se encuentra en huelga de hambre.

Sin embargo, esto no podrá ser ya que la Corte Suprema rechazó su solicitud por cuatro votos contra uno, confirmando de esta manera la sentencia apelada ante la Corte de Apelaciones de Temuco por parte de Córdova.

Los cuatro votos en contra fueron de los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama y Leopoldo Llanos. Solo estuvo a favor del amparo el magistrado Jorge Dahm, pero en lo referente a visitar su rewe «por el término de cuarenta y ocho horas a fin de que pueda realizar allí sus prácticas de curación espiritual, sanación y orientación moral de su comunidad».

En el fallo, los ministros descartaron actuar arbitrario en la resolución que denegó conmutar parcialmente la pena del amparado. «Que, como no se ha recurrido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco y sí ante esta Corte Suprema, reclamando la ilegalidad de la resolución de la señora Jueza de Garantía, que no accedió a conmutar parcialmente la pena que cumple el sentenciado, corresponde determinar si se cumplen o no en la especie los presupuestos que, de acuerdo al artículo 21 de la Carta Fundamental, hacen procedente la acción de amparo», plantea el fallo.

La resolución agrega: «Que, de acuerdo a la norma de superior jerarquía recién citada -y en lo que interesa para este caso específico-, la acción de que se trata puede ser ejercitada frente a una privación de libertad ambulatoria o una amenaza a este bien jurídico, derivadas de un acto o resolución ilegal, esto es, antijurídico, por ser contrario a la Constitución o a las leyes».

«Que, de los antecedentes puestos en conocimiento de esta Corte no se desprende que la privación de libertad que afecta al amparado -poseedor del rango de ‘machi’ desde antes de incurrir en el delito que motivó su condena- se enmarque en alguna de las hipótesis de ilegalidad reseñadas en el motivo precedente, lo que conduce a desestimar el recurso», añade.

Durante las últimas semanas, en La Araucanía se han intensificado los hechos de violencia, donde han ocurrido tomas de municipios y quema de camiones.

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