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Caso Ámbar: Pleno de la Suprema levanta la voz y asegura que acusación contra jueza Silvana Donoso atenta contra el Estado de Derecho PAÍS Crédito: Aton

Caso Ámbar: Pleno de la Suprema levanta la voz y asegura que acusación contra jueza Silvana Donoso atenta contra el Estado de Derecho

El máximo tribunal emitió una dura declaración para “exigir el respeto debido a la autonomía e independencia de los jueces del país”, y pidió “respeto a las competencias y facultades propias de las autoridades, conforme a la Constitución Política». De este modo, salió al paso de la acción tramitada en la Cámara de Diputados contra la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.


En una verdadera colisión de poderes del Estado se está transformando la acusación constitucional que se tramita en la Cámara de Diputados en contra de la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvana Donoso, porque esta jornada el Pleno de la Corte Suprema emitió una dura declaración.

En su declaración, el máximo tribunal señala que “no es el cargo de la señora ministra el que está en riesgo, sino la vigencia del Estado de Derecho y el respeto de las competencias y facultades propias de las autoridades, conforme a la Constitución Política».

La ministra Donoso encabezó en 2016 la comisión de libertad condicional que otorgó el beneficio a Hugo Bustamante, el imputado por el brutal asesinato de la joven Ámbar Cornejo. Dado el revuelo provocado por el caso, diputados de todas las bancadas presentaron una acusación constitucional por abandono de deberes contra la magistrada.

La Cámara sorteó una comisión encargada de analizar el mérito del libelo, compuesta por Raúl Florcita Alarcón (PH), Gabriel Ascencio (DC), Juan Luis Castro (PS), Marcelo Díaz (Ind) y Pablo Prieto (Ind-RN). Ante ellos expusieron hoy los abogados Jaime Winter y Dafne Guerra, que defienden a la ministra Donoso, quienes señalaron que «parece que es un poco injusto que se le cargue a una persona las falencias de un sistema, que se ha demostrado y que se ha visto acá, que tiene distintos problemas, que se han ido resolviendo».

Cambio de tono

Si bien hasta ahora la Suprema había expresado su rechazo a la acción, parlamentaria, principalmente a través de su vocera, Gloria Ana Chevesich, este miércoles el tribunal decidió golpear la mesa.

En su argumentación, el máximo tribunal señala que el “presupuesto indispensable de un Estado de Derecho es el respeto de las competencias y atribuciones de las distintas autoridades estatales, conforme a los pesos y contrapesos que la Constitución Política de la República contempla, por lo cual, desde luego se reconoce las potestades de los integrantes de la Cámara de Diputados para ejercer los mecanismos de control que ésta consagra, pero en lo que realmente le compete”.

En ese escenario, la Corte Suprema de Justicia dice que “cumple, una vez más, con el deber de exigir el respeto debido a la autonomía e independencia de los jueces del país, con motivo de la acusación constitucional que se ha presentado en contra de la ministra señora Silvana Donoso Ocampo, que tiene su origen en la resolución adoptada en una sesión de la Comisión de Libertad Condicional que le correspondió presidir, y que se encontraba integrada, además, por cuatro jueces”.

La Suprema además recuerda lo sucedido en agosto de 2018 cuando un grupo de diputados interpuso una acusación constitucional en contra de los ministros Hugo Dolmetsch, Manuel Valderrama y Carlos Künsemüller por conceder el beneficio de la libertad condicional a condenados por delitos de lesa humanidad, que cumplían sentencia en la cárcel de Punta Peuco y el penal Colina I.

“Con fecha 10 de agosto de 2018, esta Corte hizo oír su voz – en defensa del Estado de Derecho- frente a acusaciones constitucionales contra tres ministros del máximo tribunal, acusados de notable abandono de deberes, misma imputación que ahora se formula en contra de la ministra Sra. Donoso”, señalan.

“El cuestionamiento de las argumentaciones que sustentan la decisión de un juez implica la revisión de la misma por un órgano extraño y por vías diferentes de la jurisdiccional, circunstancia totalmente reñida con el ordenamiento constitucional y que genera una grave afectación a la autonomía de los magistrados y, por lo mismo, de la efectiva vigencia de la garantía de los ciudadanos de contar con un juez independiente e imparcial”, precisan.

Por ello, el Pleno recuerda que “de acuerdo a la Carta Fundamental, ninguna autoridad puede «en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos». Esta disposición proclama la autonomía de los magistrados, indispensable no sólo para su cabal desempeño, sino para garantizar a los ciudadanos la imparcialidad de los jueces encargados de conocer y resolver sus asuntos, poniéndolos a cubierto de intromisiones de otros poderes”.

 

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