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Salvataje a las Pymes: SII realizará devolución del crédito IVA a pequeñas y medianas empresas con el objetivo de reactivar la economía MERCADOS Créditos: Aton

Salvataje a las Pymes: SII realizará devolución del crédito IVA a pequeñas y medianas empresas con el objetivo de reactivar la economía

El beneficio que puede cubrir cerca de 150 mil empresas, estará disponible hasta el 30 de septiembre de este año, el cual permite solicitar por vez única, el IVA total acumulado o un porcentaje de este, en relación a la actividad realizada


El SII informó a través de un comunicado, una serie de medidas de ayuda a las Mipyme que está dentro del plan de reactivación económica, que fue promulgada como ley en la jornada de ayer. Entre las indicaciones que destacan es la devolución del crédito IVA a empresas con buen comportamiento tributario que hayan tenido baja de sus ingresos del 30% o más, entre el 1 de enero al 31 de mayo del 2020, en comparación con la misma fecha del año anterior.

El beneficio que puede cubrir cerca de 150 mil empresas, estará disponible hasta el 30 de septiembre de este año, el cual permite solicitar por vez única, el IVA total acumulado o un porcentaje de este, en relación a la actividad realizada. 

Entre los otros beneficios, se encuentra la ampliación a 3 meses del plazo de postergación de IVA y la Rebaja del Impuesto de Primera Categoría y de Pagos Provisionales Mensuales para Pymes durante los años 2020, 2021 y 2022, los que entrarán en vigencia en los próximos meses.

Desde el SII, comunicaron que “ya está disponible en sii.cl el acceso a una nueva medida de apoyo orientada a empresas del Régimen Propyme y Pyme Transparente afectadas por las consecuencias de la emergencia sanitaria en el país, y que les entrega la opción de solicitar el reembolso del remanente de IVA, generado por la adquisición de bienes o utilización de servicios entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2020. Esta nueva ayuda beneficiará a un universo de cerca de 150 mil empresas”.

Para quienes desean contar con el beneficio, desde el SII indicaron que “las empresas deben registrar un remanente de IVA en su declaración de IVA de junio, generado por las operaciones entre el 1 de enero y 31 de mayo de 2020 y deben haber presentado la Declaración de IVA (F29) correspondiente al mes al periodo tributario agosto, que se presenta en el mes de septiembre. Adicionalmente tienen que tener sus Declaraciones Mensuales de IVA (Formulario 29) presentadas en los últimos 36 períodos tributarios, no encontrarse en alguna de las causales del Art. 59 bis del Código Tributario ni tener deuda tributaria, salvo que estén cumpliendo convenio de pago con TGR”. 

A su vez, para realizar la solicitud, puntualizaron que “los contribuyentes deben ingresar en el acceso disponible en sii.cl, en el que se realiza una revisión automática del cumplimiento de los requisitos. Luego se despliega un formulario que contiene el monto de Remanente de IVA disponible, y en el que se debe ingresar el monto que desea solicitar, para luego confirmar la solicitud”.

“En un plazo máximo de 10 días hábiles, la Tesorería General de la República realizará el depósito en la cuenta bancaria que haya indicado el contribuyente. Dicha opción estará disponible hasta el 30 de septiembre de 2020”, informaron.

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