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VTR informa que interrupción de servicio se debió a «dos cortes en la fibra óptica» y Subtel oficia a la empresa MERCADOS Crédito: Aton

VTR informa que interrupción de servicio se debió a «dos cortes en la fibra óptica» y Subtel oficia a la empresa

La empresa de telecomunicaciones condenó el hecho y aseguró que ejercerá acciones legales contra los responsables. Además, comunicaron que compensarán a los clientes afectados.


Por medio de una declaración, VTR informó que la interrupción de sus servicios en las comunas de Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, La Reina y Ñuñoa, se debió a «dos cortes de distinta naturaleza en nuestra fibra óptica».

«El primero respondió a un corte de la red eléctrica provocado por un accidente vehicular en Andrés Bello con Purísima, que hizo caer el tendido eléctrico sobre la red de VTR, incendiando nuestra fibra óptica, alrededor de las 16 horas», sostuvo la empresa.

Señalaron que mientras el equipo técnico se encontraba en el lugar reparando los daños, «desconocidos cortaron intencionalmente otra de nuestras redes, que servían, además, de respaldo de la primera, esta vez afuera de uno de nuestros principales centros de distribución– el HUB de la comuna de La Florida».

«Lamentamos profundamente los inconvenientes que este nuevo acto delictual provoca en nuestros clientes, dejándolos desconectados en un contexto especialmente complejo, como el que estamos viviendo producto de la pandemia», agrega la declaración.

Finalmente, junto con reiterar su condena a este hecho, informaron que interpondrán la vigésima novena querella contra los responsables de este hecho y comunicó que compensará a los clientes afectados.

Subtel oficia a VTR

Por otra parte, la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) ofició a VTR por esta situación. Señalaron que se encuentran «recabando antecedentes y además oficiará a la concesionaria para que esta entregue mayor información con respecto de las causas del problema y el número real de clientes afectados».

Recordaron que «los usuarios tienen derecho a un descuento en su tarifa mensual por toda suspensión, interrupción o alteración de un servicio por causa no imputable que exceda las seis horas en un día o doce horas discontinuas en un mes».

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