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Caso SQM: Fiscalía queda contra el reloj para definir si recurre de nulidad PAÍS

Caso SQM: Fiscalía queda contra el reloj para definir si recurre de nulidad

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El Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago notificó la sentencia de 4.356 páginas que absolvió a Pablo Longueira, Marco Enríquez-Ominami, Patricio Contesse y otros cinco acusados. El fallo atribuye al Ministerio Público deficiencias en la acusación y una demora excesiva que deterioró la prueba.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
La Fiscalía tiene 30 días para decidir si solicita la nulidad del juicio del caso SQM. La sentencia de 4.356 páginas confirmó la absolución de los ocho acusados y cuestionó la acusación, el manejo de las pruebas y la duración del proceso. La definición llega después de que Ángel Valencia admitiera responsabilidades institucionales y Claudia Perivancich defendiera la investigación.
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La Fiscalía Regional de Valparaíso quedó ante una definición decisiva en el caso SQM: solicitar la nulidad del juicio o dejar firme la absolución de los ocho acusados en la última arista del proceso. El Ministerio Público dispone de 30 días para resolver si intenta revertir el desenlace de una investigación que se extendió por más de una década.

Según informó La Tercera, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago notificó el 5 de agosto la sentencia de 4.356 páginas, casi diez meses después de comunicar el veredicto. El documento destina cerca de 3.600 páginas a exponer la prueba, otras 400 a valorarla y casi 80 al voto disidente. A favor de absolver estuvieron las juezas Claudia Andrea Santos Silva y María Teresa Barrientos Marabolí. En contra, Carolina Andrea Paredes Arizaga.

El fallo confirmó, por mayoría, la absolución del exministro de Economía y exsenador de la UDI Pablo Longueira; el excandidato presidencial Marco Enríquez-Ominami (ME-O); el exgerente general de SQM Patricio Contesse, y los otros cinco acusados. La jueza Carolina Paredes estuvo por condenarlos, al considerar acreditada la falsedad ideológica de boletas y facturas, además del delito de soborno.

La acusación bajo cuestionamiento

Las juezas María Teresa Barrientos y Claudia Santos atribuyeron al Ministerio Público deficiencias en la redacción de la acusación, omisiones, conceptos genéricos e incongruencias entre los hechos imputados y lo alegado durante el juicio. También cuestionaron el intento de incorporar hechos que no estaban incluidos originalmente.

La mayoría sostuvo que el tribunal no podía corregir esas falencias sin asumir funciones correspondientes a los acusadores y afectar su imparcialidad. A ello sumó la demora “exorbitante” del procedimiento, que habría deteriorado la prueba testimonial, documental y pericial.

El veredicto conocido en octubre de 2025 ya había calificado como “poco prolijo” el trabajo de la Fiscalía. Como informó El Mostrador, el tribunal también cuestionó la presentación de pruebas repetidas, la utilización de testigos de oídas y el deterioro provocado por la muerte de 14 testigos relevantes.

Una decisión cuesta arriba

La Fiscalía Regional de Valparaíso señaló que está revisando la sentencia para evaluar “la eventual interposición de un recurso de nulidad”. Su titular, Claudia Perivancich, defendió la investigación tras el veredicto y sostuvo que no hablaría de derrota, aunque reconoció que la absolución no era el resultado esperado.

Una semana después, el fiscal nacional, Ángel Valencia, admitió que existían “responsabilidades institucionales” y frustración dentro del Ministerio Público. También anticipó que la causa se ponía “cuesta arriba”, aunque señaló que la Fiscalía suele tener disposición a recurrir de nulidad en casos de esta naturaleza.

La notificación activa ahora la decisión que Valencia dejó pendiente en octubre. El Ministerio Público deberá resolver si busca invalidar el juicio o acepta el cierre de una arista que terminó con ocho absoluciones, después de que el caso completo investigara a 180 personas y consiguiera diez condenas en procedimientos anteriores.

[*] Este artículo describe o contiene elementos de un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos o hechos sean desestimados al finalizar la investigación o el proceso, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados mencionados como culpables o los hechos como fehacientes, sino solo plausibles, hasta que la Justicia respectiva dicte sentencia.

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