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Gendarmería advierte «desgobierno penitenciario» ante rechazo de sanciones a Hernández Norambuena PAÍS Crédito: ATON

Gendarmería advierte «desgobierno penitenciario» ante rechazo de sanciones a Hernández Norambuena

“El que los internos se relacionen en el cumplimiento de las normas reglamentarias penitenciarias bajo la lógica de que ‘no estaba prohibido’ generaría un desgobierno de los establecimientos penitenciarios que sería altamente peligroso para la seguridad de los propios internos”, indica una reposición interpuesta por Gendarmería, para sancionar al exfrentista por la entrevista con el programa Mentiras Verdaderas.


La justicia ha rechazado sancionar en dos ocasiones -ambas solicitadas por Gendarmería- al exmiembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Mauricio Hernández Norambuena por la entrevista que dio a mediados de marzo con el programa Mentiras Verdaderas de La Red.

Gendarmería insistió en dos ocasiones al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, para que autorizara la propuesta de sanción, alegando que el exfrentista usó un celular para la entrevista, siendo que el dispositivo estaba dispuesto solo para hacer llamadas en horarios de visita.

La institución presentó el 24 de marzo una reposición para que se deje “sin efecto lo resuelto el 19 de marzo pasado y en su lugar autorizar la propuesta de sanción de Gendarmería por ser plenamente ajustada a derecho”.

En el documento, revelado por La Tercera, el abogado de la entidad, Marcelo Carrasco, indicó que “Gendarmería, dentro de un contexto de pandemia y como medida humanitaria para paliar la desconexión de los internos con sus cercanos ante la suspensión de las visitas, implementó esta medida excepcional, exclusivamente para mantener el contacto con sus familiares, no estando autorizada ninguna otra finalidad”.

“El que los internos se relacionen en el cumplimiento de las normas reglamentarias penitenciarias bajo la lógica de que ‘no estaba prohibido’ generaría un desgobierno de los establecimientos penitenciarios que sería altamente peligroso para la seguridad de los propios internos y de todos quienes desarrollan actividades relacionadas con el quehacer carcelario”, agregó, consigna el citado medio.

El abogado incluso advirtió que “podrían proferirse amenazas y planificar acciones que pongan en riesgo la seguridad del establecimiento a través de dicha vía, a sabiendas de que ello no podría sancionarse, pues el teléfono fue ocupado durante ‘el horario estipulado para las visitas’”.

La jueza Marcia Figueroa rechazó la reposición interpuesta por Gendarmería, arguyendo que “los principios de derecho público esgrimidos por la autoridad penitenciaria dicen relación a las obligaciones que mantienen los funcionarios públicos, requisito que no cumple el sentenciado Hernández Norambuena”.

Además, agregó que Hernández Norambuena usó el celular en el horario de visitas, como estaba establecido, «no pudiéndose estimar dicha conducta como no obedecer las órdenes establecidas».

Corte de Apelaciones

La entidad penitenciaria recurrió el 26 de marzo a la Corte de Apelaciones. Esto, por la decisión del Séptimo Juzgado de Garantía ordenara el traslado del exfrentista «desde la cárcel de máxima seguridad a la de alta seguridad».

El recurso emitido al tribunal de alzada cuestiona al Juzgado de Garantía. No existe motivo “ni norma procesal vigente que habilite a este tribunal de garantía para resolver un asunto que quedó radicado” en la Corte de Apelaciones de Santiago, indica el documento.

«Es improcedente que el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago dicte u ordene algo sobre el mantenimiento del interno Hernández Norambuena en la zona de máxima seguridad” y “bajo ninguna circunstancia el juzgado puede pronunciarse sobre la permanencia del interno en la zona de máxima seguridad si existe una sentencia de otro juzgado competente, anterior al 22 de marzo de 2021, que dispuso cómo ello debía determinarse”, agrega.

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