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ODECU presentó recurso ante la FNE para frenar compra de CGE por parte de la china State Grid MERCADOS Crédito: ODECU

ODECU presentó recurso ante la FNE para frenar compra de CGE por parte de la china State Grid

La ODECU consideró que esta operación implicaría para CGE un grado de integración vertical en lo que se refiere a generación y distribución de energía. Lo anterior -aseguran- podría traducirse en incrementos «injustificados» para los consumidores.


La Organización de Consumidores y Usuarios (ODECU) presentó un recurso de reposición ante la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para frenar adquisición de la empresa eléctrica CGE por parte de la estatal de origen chino State Grid.

La ODECU consideró que esta operación implicaría para CGE un grado de integración vertical en lo que se refiere a generación y distribución de energía. Lo anterior -aseguran- podría traducirse en incrementos «injustificados» para los consumidores.

En comunicado, ODECU señaló que «la FNE no justificó porque a su juicio carece de competencias exclusivas o concurrentes para aplicar dicha norma; tampoco justificó porque, a su juicio, su aplicación es una facultad exclusiva de la SEC; no aplicó el deber de coordinación administrativa con la SEC respecto de la aplicación de dicha normativa; ni justificó la no aplicación del deber de coordinación administrativa, como lo exige la ley».

«Al no proporcionar argumentos suficientes, la FNE omite pronunciarse sin mayor justificación respecto de la norma que prohíbe ciertos grados de integración vertical y, como consecuencia, elude referirse a un articulado cuya inobservancia podría poner en cuestión la protección a la libre competencia, afectando así no solo al mercado, sino que a la posición del interés individual, colectivo y difuso de los consumidores de servicios eléctricos en Chile», dice el documento de la ODECU.

También consideraron que la FNE no cumplió con su deber de coordinación con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), y tampoco justificó su no aplicación en este caso, al indicar en su resolución: «OFÍCIESE a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, adjuntándose copia de la presente resolución, así como del Informe de Aprobación de la División de Fusiones de esta Fiscalía, de fecha 31 de marzo de 2021, con el objeto de que sea la autoridad competente la que determine el cumplimiento del artículo 7 de la LGSE, si procediere».

Por último, la ODECU señaló que la Resolución de aprobación por adquisición de control por parte de State Grid «no cumple los requisitos mínimos de toda resolución», debido a que no establece el régimen de recursos aplicable.

 

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