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Medida inédita: sustituyen por enfermedad terminal pena de cárcel a exfiscal militar Fernando Torres Silva preso en Punta Peuco PAÍS Crédito: Memoria Viva (Juan Fernando Torres Silva es el de la derecha)

Medida inédita: sustituyen por enfermedad terminal pena de cárcel a exfiscal militar Fernando Torres Silva preso en Punta Peuco

El ministro en visita extraordinaria en causas de derechos humanos, Alejandro Madrid, otorgó a Juan Fernando Torres Silva el beneficio carcelario de reclusión domiciliaria total, abandonando de esta forma la cárcel de Punta Peuco. Gendarmería tendrá que resguardar el cumplimiento efectivo de la pena, pero según el alcaide de Punta Peuco, Nelson Arias, pidió al ministro Madrid aclarar su decisión judicial, ya que no cuenta con personal para tales efectos y porque la ley de penas sustitutivas tampoco considera dicho procedimiento.


En una medida inédita, según conocedores del sistema judicial, el ministro en visita extraordinaria en causas de derechos humanos, Alejandro Madrid, otorgó a Juan Fernando Torres Silva el beneficio carcelario de reclusión domiciliaria total, abandonando de esta forma la cárcel de Punta Peuco.

¿Quién es Torres Silva? Es ex fiscal y Auditor General del Ejército en retiro, quien está condenado a 10 años y 1 día por el homicidio calificado del ex químico de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Eugenio Berríos.

El ministro Madrid le otorgó la reclusión debido a su enfermedad terminal, ya que padece un cáncer prostático metastásico. Según su resolución, reportada por radio Biobío, se menciona el proyecto de ley que regula la sustitución de penas privativas de libertad por razones humanitarias.

Madrid también justificó su decisión citando el pacto internacional de derechos civiles y políticos, ratificado por Chile, y la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros.

No hay gendarmes

Gendarmería tendrá que resguardar el cumplimiento de la pena de Torres Silva en su domicilio. Sin embargo, desde la institución no hay sustento legal o normativo para aplicar este fallo.

De hecho, el alcaide de Punta Peuco, Nelson Arias, pidió al ministro Madrid aclarar su decisión judicial, ya que no cuenta con personal para tales efectos y porque la ley de penas sustitutivas tampoco considera dicho procedimiento.

En un oficio enviado al magistrado, se indica que por ley “no se contempla la posibilidad (de enviar gendarmes) y menos establece la forma en que podría ejercerse el anotado resguardo”.

Además, explica que el legislador cuando dictó la Ley de Penas Sustitutivas señaló que cuando un tribunal determine el cumplimiento de la pena en el domicilio del condenado estableció como mecanismo de control el sistema de monitoreo telemático.

«En este orden de ideas y considerando lo expresado precedentemente, es que solicito a su ilustrísima tener a bien considerar lo planteado y pronunciarse al respecto, en atención a que no existe norma habilitante que permita a Gendarmería cumplir con lo dispuesto en vuestra resolución”, sostiene el oficio que revela el diario La Tercera.

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