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Justicia autoriza a fiscal Claudia Perivancich a citar a declarar «cuantas veces sea necesario» al Presidente Piñera por causa de lesa humanidad PAÍS Crédito: ATON (Contexto)

Justicia autoriza a fiscal Claudia Perivancich a citar a declarar «cuantas veces sea necesario» al Presidente Piñera por causa de lesa humanidad

Según la fiscal regional de Valparaíso, «en el marco de la referida investigación los querellantes han solicitado la citación a declarar, entre otras personas, de S.E. el Presidente de la República. El Ministerio Público ha accedido a tal diligencia por estimarse pertinente y necesaria para el esclarecimiento de los hechos, como se comprende de la sola lectura de las querellas, de las normas de la Ley 20.357, demás normas citadas».


El 7° Juzgado de Garantía de Santiago autorizó a la fiscal regional de Valparaíso Claudia Perivancich para que cite a declarar, «cuantas veces sea necesario» al Presidente Sebastián Piñera, por la causa en donde se investiga una querella por eventuales delitos de lesa humanidad contra la población durante el estallido social del 2019.

El Ministerio Público ya tomó la declaración de la mayoría de los querellados en este caso, que incluye a funcionarios del Ministerio del Interior y también del Alto Mando de Carabineros, pero faltaba el Presidente Piñera.

Según la fiscal Perivancich, «en el marco de la referida investigación los querellantes han solicitado la citación a declarar, entre otras personas, de S.E. el Presidente de la República. El Ministerio Público ha accedido a tal diligencia por estimarse pertinente y necesaria para el esclarecimiento de los hechos, como se comprende de la sola lectura de las querellas, de las normas de la Ley 20.357, demás normas citadas».

Sin perjuicio de ello, la persecutora agrega en el documento que «ya se ha coordinado con la defensa penal privada del Presidente de la República, abogado Samuel Donoso Boassi, día, hora y lugar para la práctica de la diligencia».

«Resulta necesario indagar si en los hechos se dan o no los supuestos normativos del tipo penal descrito en los artículos 1 y 2 de la Ley 20.357. En particular la existencia de un ‘ataque generalizado o sistemático contra una población civil’ que ‘responda a una política de Estado o sus agentes…’», añade el texto.

La solicitud es sustentada, según la fiscal, en «el artículo 24 de la Carta Fundamental establece que el Gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe de Estado y que ‘su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público’».

Por último la fiscal argumenta que le corresponde al Ministerio Público dirigir la investigación para determinar «la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado», realizando las diligencias necesarias y pertinentes para ello.

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