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Corte de Apelaciones anula sanción del CNTV contra La Red por difundir entrevista de Hernández Norambuena PAÍS Crédito: Pantallazo

Corte de Apelaciones anula sanción del CNTV contra La Red por difundir entrevista de Hernández Norambuena

La Octava Sala del tribunal, integrado por la ministra Mireya López, el ministro Alejandro Rivera y el abogado (i) Francisco Javier Ovalle, consideró que no corresponde aplicar sanción ya que el condenado hizo uso de su derecho a libertad de expresión y no se vulneraron las normas del pluralismo político.


La Corte de Apelaciones de Santiago anuló la amonestación que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) aplicó al canal de televisión La Red por difundir una entrevista a Mauricio Hernández Norambuena -alias «Comandante Ramiro»- un condenado por delitos terroristas que cumple pena en un recinto de Gendarmería de Chile.

La Octava Sala del tribunal, integrado por la ministra Mireya López, el ministro Alejandro Rivera y el abogado (i) Francisco Javier Ovalle, consideró que no corresponde aplicar sanción ya que el condenado hizo uso de su derecho a libertad de expresión y no se vulneraron las normas del pluralismo político.

“Que las entrevistas, se rigen por la Ley Nº 19.733, sobre Libertades de Opinión y Ejercicio del Periodismo, la que en su artículo 8º inciso 2º, establece que ‘el periodista o quien ejerza la actividad periodística no puede ser obligado a actuar en contravención a las normas éticas generalmente aceptadas para el ejercicio de su profesión'», dice parte del fallo.

A su vez, en el Código de Ética del Colegio de Periodistas de Chile, en su número 3º del Capítulo I, señala que “él o la periodista no manipulará, bajo ninguna circunstancia, ni será cómplice de modificar, alterar u omitir dolosamente la información”.

“Que Mauricio Hernández Norambuena responde frente a las preguntas que hace su entrevistador, respecto de su vida, de su situación en prisión, de los hechos por los que fue condenado, dando opiniones respecto de las circunstancias en que se dieron esos hechos y también respecto al acontecer político actual», agregan.

En el fallo destacan que el conductor del espacio «Mentiras Verdaderas», Eduardo Fuentes, dijo al cierre de la entrevista a Norambuena que “nosotros no promovemos como programa, ni como canal la violencia, nos interesa oír a los protagonistas de la historia, no romantizamos nada, ni defendemos posiciones, nos interesa escuchar a los que han estado ahí en momentos que van a quedar para siempre en los registros, queremos conocer su perspectiva, lo que los movió en ese instante, usted decidirá si está de acuerdo o no con esas motivaciones, ustedes son adultos”.

«Así, no parece acertado aseverar que, para cumplir con las exigencias de pluralismo -como requisito de un correcto funcionamiento- sea necesario que el entrevistado sea cuestionado o contrarrestado en su opinión por su entrevistador, sino que el funcionamiento del canal debe ser analizado en un sentido amplio, y lo cierto es, que, la misma concesionaria sostuvo realizar este tipo de entrevistas también a militares acusados de violaciones a los derechos humanos para conocer su versión de los hechos en los que se vieron involucrados, aspecto que permite a las personas adultas que ven el programa, conocer la opinión de cada entrevistado», dice la sentencia.

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