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Caso Corpesca: Corte rechaza recursos de nulidad y mantiene la condena a Orpis a 5 años y un día de presidio PAÍS Crédito: ATON

Caso Corpesca: Corte rechaza recursos de nulidad y mantiene la condena a Orpis a 5 años y un día de presidio

En la sentencia, la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada por las ministras Jessica González, Graciela Gómez y María Loreto Gutiérrez, descartó errores de derecho en la sentencia que condenó al exsenador de la UDI a 5 años y un día de presidio por seis delitos de fraude al Fisco y a 600 días de presidio por dos delitos de cohecho. También desestimó los otros recursos de nulidad de los otros implicados en el caso Corpesca, entre ellos el presentado por la exdiputada Marta Isasi Barbieri.


La Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago mantuvo la condena del exsenador Jaime Orpis Bouchón, y de los otros implicados en el caso Corpesca, el primer caso de financiamiento ilegal de la política que llegó a juicio oral.

La instancia rechazó los recursos de nulidad interpuestos por la defensa de los condenados y el Servicio de Impuestos Internos (SII) en contra de la sentencia del Tercer Tribunal Oral en lo Penal y dejó a firme también las sentencias contra la exdiputada Marta Isasi Barbieri, Raúl Lobos Torres y la empresa Corpesca.

En la sentencia, la sala integrada por las ministras Jessica González, Graciela Gómez y María Loreto Gutiérrez descartó errores de derecho en la sentencia que condenó a Orpis a 5 años y un día de presidio por seis delitos de fraude al Fisco y a 600 días de presidio por dos delitos de cohecho; a Isasi Barbieri a la pena de 50 días de prisión por un delito de cohecho; a Lobos Torres a 541 días de presidio por un delito de fraude al Fisco y a la empresa Corpesca al pago de una multa de 10.000 Unidades Tributarias Mensuales por los delitos de soborno y cohecho.

La sala se pronunció una a una respecto a las causales de nulidad presentadas por la defensa de exsenador y desestimó todas ellas por razones fundadas, como el reclamo de una supuesta infracción por la adopción de una sentencia condenatoria en decisión adoptada por la mayoría de las juezas que dictaron el fallo y no por unanimidad o eventual error en la argumentación que llevó a la condena por el delito de cohecho.

En tanto, respecto del recurso presentado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) también se desechó contravención a la norma en la decisión absolutoria por facilitación de boletas de honorarios falsas.

 * Revise la sentencia de la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acá

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