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AFP Habitat presentó recurso contra la Súper de Pensiones por oficio que suspende campaña MERCADOS Crédito: Agencia Uno

AFP Habitat presentó recurso contra la Súper de Pensiones por oficio que suspende campaña

La Superintendencia de Pensiones emitió un oficio en el que instruye a la AFP Habitat suspender la campaña «Yo estoy Habitat». Para la administradora es «ilegítimo el impedimento a ejercer ‘la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio’, la cual está consagrada en el artículo 19, N.º 12 de la Constitución de la República de Chile», señalaron en un comunicado.


AFP Habitat presentó el 27 de marzo un recurso de reposición el oficio N° 4993 emitido por la Superintendencia de Pensiones, en el que instruye a la entidad suspender la campaña «Yo estoy Habitat». En la pieza audiovisual, la AFP cita datos de estudios relativos a la propiedad y heredabilidad de los ahorros previsionales, además sobre la libertad de elección entre administradoras privadas y estatales.

En un comunicado, la Superintendencia señaló que la campaña «no se ajusta a los elementos establecidos en la normativa, como son los atributos de rentabilidad, costo y servicio y, más específicamente, sobre las prestaciones que las administradoras pueden o deben realizar, teniendo en cuenta que el uso de cualquier otro contenido en los mensajes de las administradoras se aparta de sus márgenes de acción».

En su análisis, la Superintendencia precisó que el objeto exclusivo de las administradoras de fondos de pensiones, el artículo 23 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980, establece que «las Administradoras de Fondos de Pensiones, denominadas también en esta ley Administradoras, serán sociedades anónimas que tendrán como objeto exclusivo administrar Fondos de Pensiones y otorgar y administrar las prestaciones y beneficios que establece esta ley».

AFP califica suspensión como «ilegítima»

Para AFP Habitat es «ilegítimo el impedimento a ejercer ‘la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio’, la cual está consagrada en el artículo 19, N.º 12 de la Constitución de la República de Chile», señalaron en un comunicado.

«Ese mismo principio lo aplicó la Corte de Apelaciones al revocar una sanción impuesta por la Superintendencia de Pensiones cuando Habitat informó a sus afiliados sobre los efectos negativos que tendría en las pensiones el primer retiro del 10%», añadieron.

«En el marco del actual debate previsional, el recurso de reposición plantea que la información entregada no induce a error o equívocos, por lo mismo le resulta absolutamente necesario y una obligación irrenunciable el informar a sus cotizantes cuáles son sus derechos previsionales, recordando que los recursos depositados en las cuentas de capitalización individual (obligatorias y voluntarias) son de propiedad absoluta de cada afiliado», prosiguieron.

El recurso de la AFP busca dejar sin efecto la instrucción de suspensión emitida por la Superintendencia de Pensiones, además de autorizar su restablecimiento inmediato en los medios de comunicación.

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