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Corte Suprema condena a Miguel Krassnoff por el homicidio de Miguel Enríquez PAÍS Crédito: Agencia Uno

Corte Suprema condena a Miguel Krassnoff por el homicidio de Miguel Enríquez

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En un fallo unánime, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo interpuestos contra la sentencia que condenó a tres agentes de la DINA por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado contra el exdirigente del MIR, Miguel Enríquez Espinoza, padre el excandidato presidencial Marco Enríquez-Ominami, quien tras la noticia manifestó que «es importante que se ratifique lo que veníamos afirmando hace años». «Mi familia, después de 47 años del asesinato de mi padre y para muchos que creemos que la justicia debe hacerse, es un día. Este es un día que hace de Chile, un país un poco más justo», indicó. De esta forma, el máximo tribunal ratificó la sentencia contra Miguel Krassnoff, a quien lo condenaron a 10 años y un día de presidio por su calidad de autor. Por otro lado, los agentes Teresa Osorio Navarro y Rodolfo Concha Rodríguez, deberán cumplir cinco años y un día tras las rejas por su condición de coautores del delito.  


La Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos en contra de la sentencia que condenó a tres agentes de la entonces llamada Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado contra el secretario general del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Miguel Enríquez, acaecido el 5 de octubre de 1974 en la comuna de San Miguel.

En un fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal, ratificó la sentencia que condenó a Miguel Krassnoff Martchenko a 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del crimen. En tanto, los agentes Teresa Osorio y Rodolfo Concha, deberán pasar 5 años y un día tras las rejas por su participación como coautores.

En la sentencia, en la Sala Penal integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y los abogados (i) Gonzalo Ruz y Ricardo Abuauad, descartaron error de derecho en la participación acreditada de Krassnoff en los hechos antes mencionados.

“Que, asentado lo anterior, primero conviene precisar, si bien el libelo indica los numerales que considera han sido conculcados, de la lectura del recurso no se demuestra su imputación, pues únicamente cita la disposición para plantear una discrepancia en torno a la valoración que el fallo confiere a los elementos de convicción reunidos y relacionados en la sentencia conforme a los cuales se estimó acreditada la intervención de Krassnoff Martchenko en los hechos, discordando de sus conclusiones, cuestión ajena a este recurso de naturaleza sustantiva”, sostiene el documento.

Por su parte, el hijo del dirigente, el excandidato presidencial Marco Enríquez Ominami, manifestó que «es importante que se ratifique lo que veníamos afirmando hace años. Que lo que había aquí, era una política del Estado de Chile de exterminar lo que el Estado de Chile había identificado como enemigos de un sector político».

«Mi familia, después de 47 años del asesinato de mi padre y para muchos que creemos que la justicia debe hacerse, es un día. Pienso en mi abuela, que murió con un hijo desaparecido, un yerno desaparecido, un hijo ejecutado, nietos exiliados y separados. Es una noticia que me hubiese gustado que ella hubiera podido leer», enfatizó.

«Este es un día que hace de Chile, un país un poco más justo», cerró.

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