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Propuesta de Nueva Constitución
Comisión de la CC aprueba quórum de 2/3 para modificaciones del actual Congreso a la nueva Constitución NUEVA CONSTITUCIÓN Crédito: Agencia Uno

Comisión de la CC aprueba quórum de 2/3 para modificaciones del actual Congreso a la nueva Constitución

«Durante la presente legislatura, los proyectos de reforma constitucional serán aprobados con el voto favorable de las dos terceras partes de los diputados y diputadas y senadores en ejercicio“, indica la propuesta aprobada por la Comisión de Normas Transitorias de la Convención Constitucional. Requerirá el respaldo del Pleno para que se aplique.


La Comisión de Normas Transitorias de la Convención Constitucional aprobó el jueves una indicación que fija un quórum de dos tercios para que el actual Congreso modifique la nueva Carta Magna.

“Las normas de Reforma a la Constitución establecidas en esta Constitución entrarán en vigencia el 11 de marzo de 2026. Durante la presente legislatura, los proyectos de reforma constitucional serán aprobados con el voto favorable de las dos terceras partes de los diputados y diputadas y senadores en ejercicio“, indica la propuesta aprobada.

La indicación obtuvo 24 votos a favor, 5 en contra y 0 abstenciones.

La norma transitoria requerirá el respaldo de dos tercios del Pleno para su aplicación.

En la instancia los convencionales de la Comisión de Normas Transitorias también aprobaron que los senadores terminen su mandato en 2026. Esto, pese a que el periodo de algunos integrantes de la Cámara Alta se extienda hasta 2030.

“Todos los integrantes del Senado terminarán su mandato el 11 de marzo de 2026, independiente de la fecha de su elección”, señala la propuesta aprobada.

También respaldaron que “las y los actuales integrantes del Senado podrán postular a las elecciones para el Congreso de Diputadas y Diputados y Cámara de las Regiones que se realizará en 2025, de ser electos en los comicios celebrados en 2025 para ejercer como representantes regionales en la Cámara de las Regiones, se reputará la legislatura correspondiente al periodo 2026-2030 como su primer periodo en el cargo”.

Asimismo, despacharon al Pleno que “la o el Presidente de la República elegido para el período 2022-2026 no podrá presentarse a la reelección para el período siguiente y continuará en el cargo con las atribuciones constitucionales para las cuales fue elegido”.

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