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Corte de Apelaciones ratifica decisión del CPLT sobre calidad de pública de memorias de Asociaciones Municipales PAÍS Crédito: Agencia Uno

Corte de Apelaciones ratifica decisión del CPLT sobre calidad de pública de memorias de Asociaciones Municipales

“Después de este fallo no será posible discutir la publicidad de la información relacionada con esas entidades”, dijo el presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), Francisco Leturia.


La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó lo decidido por el Consejo para la Transparencia (CPLT), exigiendo la entrega de las memorias explicativas y otros documentos asociados a actos de fiscalización del Ministerio de Justicia, correspondientes a Corporaciones y Asociaciones Municipales, entre 2019 y 2021.

El tribunal de alzada rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación de la Subsecretaría de Justicia. Mediante el fallo, la Corte de Apelaciones confirmó la calidad de pública de esta información, lo que ya había establecido el CPLT (amparo rol C7912-21).

El Consejo planteó en su decisión que se trata de información importante, que da cuenta del quehacer institucional de entidades que deben estar necesariamente al escrutinio público, por el rol que cumplen en la sociedad.

“Tienen que abrir toda la información. No se deben buscar excusas para gastar la plata sin rendir cuentas y sin informar a la ciudadanía. Tanto corporaciones como asociaciones se han usado mucho para saltarse la ley y gastar plata en forma poco clara”, afirmó el presidente del CPLT, Francisco Leturia.

Sobre corporaciones aclaró que éstas, pese a que no son mencionadas explícitamente por la Ley de Transparencia, desde hace tiempo son consideradas como sujetos con obligaciones en estas materias, cuestión que ha sido ratificada por tribunales y por la la Contraloría. Agregó que este tipo de antecedentes debe transparentarse “desde ya. No estirar el elástico con la excusa de que la nueva ley aún no se aprueba”.

“La información generada por esas entidades municipales es pública y la ciudadanía debe poder acceder a ella, de modo oportuno, posibilitando que las personas puedan ejercer control social sobre, por ejemplo, uso de los recursos del Estado o fundamentos de las decisiones que adoptan las autoridades”, comentó Leturia.

“Después de este fallo no será posible discutir la publicidad de la información relacionada con esas entidades”, finalizó el presidente del CPLT.

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