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Suprema ordena al TDLC continuar juicio contra la Comisión Nacional de Energía tras detectar «anomalía procesal» en causa de gas natural licuado inflexible PAÍS Crédito: Agencia Uno

Suprema ordena al TDLC continuar juicio contra la Comisión Nacional de Energía tras detectar «anomalía procesal» en causa de gas natural licuado inflexible

El juicio tiene por objeto que el TDLC se pronuncie sobre la acusación por atentado a la libre competencia, por parte de la CNE, al dictar la norma técnica de gas natural licuado (GNL) inflexible. En el caso, el regulador se expone a una multa de hasta US$ 45 millones.


La Corte Suprema se pronunció este jueves sobre el recurso de hecho presentado por Hidromaule y Eléctrica Puntilla, en el marco de la causa en contra de la Comisión Nacional de Energía (CNE), por atentar a la libre competencia tras dictar la norma técnica que contiene el gas natural licuado (GNL) inflexible.

De esta forma, el máximo tribunal, de oficio y en fallo unánime, dictaminó que, conforme a lo que ha reflexionado en el caso, el Tribunal de Defensa  de la Libre Competencia (TDLC) incurrió en una anomalía, que pretendía poner fin al proceso, señalando que debe ser corregida para efectos de continuar con el juicio.

“El atentado a la libre competencia que se imputa a la CNE, consiste en que la NT le otorga a los generadores en base a GNL, tres de las cuales se hicieron parte del juicio (Colbún, Enel y Generadora Metropolitana), la posibilidad de inyectar con preferencia y forzar el ingreso de su energía fósil en desmedro de las energías renovables”, indicó el abogado representante de los litigantes, Mario Bravo.

«Más allá de constituir una contradicción frente a la descarbonización, implica un atentado a la libre competencia, que debe ser sancionado de conformidad por la normativa de defensa de la libre competencia”, añadió.

Para José Manuel Contardo, de Hidromaule, “lo resuelto por la Corte Suprema es una buena señal en orden a que este tipo de despachos forzados, como este caso del GNL Inflexible que hemos denunciado desde 2020 como atentatorios a la libre competencia, contribuyen a poner en riesgo a los generadores renovables, como los casos recientemente conocidos de María Elena y Cabo Leones”.

Cabe destacar que, según lo estipulado en el DL 211, la CNE se expone a la máxima multa de US$ 45 millones por atentar contra la libre competencia.

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