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CMF aclara que fintech del Tren de Aragua no estaba autorizada aunque se presentaba como tal
La CMF aclaró que Plusspay, plataforma vinculada a la estructura de lavado del Tren de Aragua, estaba inscrita en el registro fintech, pero nunca obtuvo autorización para operar. El caso expone una brecha regulatoria: entidades sin permiso se presentan públicamente como reguladas por la CMF.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) salió a aclarar la situación regulatoria de la empresa de transacción de criptomonedas Plusspay, ligada al Tren de Aragua. Luego que El Mostrador revelara que esta plataforma -que estaba operando en Chile desde hace algún tiempo- era parte del mecanismo usado por el crimen organizado para sacar dinero del país convirtiéndolos en criptodólares, el organismo encargado de la fiscalización de las fintech confirmó que la empresa estaba inscrita en Chile, pero que no contaba con autorización. Ello, pese a que la entidad de tecnología financiera se presentaba públicamente como una empresa autorizada por la CMF.
A través de un comunicado, el organismo regulador explicó que la Ley Fintech establece un procedimiento compuesto por dos etapas para los prestadores de servicios financieros: la inscripción en el registro correspondiente y la posterior autorización para prestar servicios. En ese contexto, enfatizó que “la sola inscripción no habilita para operar, ya que es necesario el proceso de autorización para prestar los servicios”.
Independiente de que la mera inscripción no habilita para operar, en los hechos sí ocurre. Y la prueba más clara es que la empresa Plusspay ofrecía públicamente sus servicios, en su sitio web, hasta que llegó la PDI a allanar sus oficinas, momento en que el sitio se declaró en “mantenimiento”.
La CMF detalló que actualmente desarrolla un proceso de supervisión destinado a verificar que todas las entidades inscritas en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros hayan actualizado la información exigida por la normativa vigente. Durante esa revisión, detectó que varias compañías no habían cumplido con dichos requerimientos, entre ellas Inversiones Plusservice SpA.
Según explicó el organismo, la empresa figura dentro de un grupo de entidades que no ajustaron su información a las nuevas exigencias establecidas por la Norma de Carácter General N°502. La regulación contempla incluso la posibilidad de cancelar las inscripciones en caso de incumplimiento.
“Conforme al Art. 14 de la Ley Fintech, es una infracción grave prestar los servicios sin estar inscrito, y conforme al Art. 15 es una agravante en delitos de estafa”, señalan.
En el contexto que el crimen organizado va siempre un paso por adelantado, fuentes conocedoras del funcionamiento se las fintech en Chile, aseguran que este no es el único caso, y que la CMF frecuentemente estaría emitiendo alertas al Ministerio Público acerca de empresas que, pese a no tener autorización, operan libremente en el sistema financiero.
Las mismas fuentes agregan que la Ley de las Fintech no entrega atribuciones a la CMF para cerrar una entidad que opera sin autorización, como sí lo tiene en el caso de las corredoras de valores, entre otras instituciones. En el caso de las plataformas de tecnología financiera, la CMF está compelida a alertar funcionamientos irregulares, pero son otras instituciones del Estado las encargadas de investigar estas situaciones.
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