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La modificación del Minvu que impide prohibir tenencia de mascotas en edificios Mascotas

La modificación del Minvu que impide prohibir tenencia de mascotas en edificios

Según cifras de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere), de los 600.000 animales inscritos en el Registro Nacional de Mascotas, 42 mil viven en departamentos.


El pasado jueves el ministro de Vivienda y Urbanismo, Cristián Monckeberg, presentó una modificación al proyecto de ley de Copropiedad Inmobiliaria. En ella, se propone que el reglamento de copropiedad no pueda prohibir la tenencia de mascotas y animales dentro de las respectivas viviendas por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio. Sin perjuicio de eso, el reglamento sí podrá poner limitaciones respecto al uso de bienes comunes por parte de los animales.

«No se puede prohibir que un propietario, arrendatario u ocupante, tenga su mascota en el departamento o en su casa, pero sí puedo regular su buen uso en los espacios públicos», comentó el titular de la cartera.

La indicación –que ahora se discutirá en el Senado con el proyecto de ley– acoge lo que ya señala la Ley 21.020 de Tenencia Responsable de Animales de Compañía, donde en dos artículos (10 y 12) se establece la obligatoriedad del responsable de una mascota de mantenerlo en su domicilio o lugar destinado a su cuidado, y la prohibición del abandono de animales.

El proyecto de ley original, presentado por el diputado Gabriel Silber (DC), se basa en un caso de la Corte de Apelaciones de julio del año pasado, en donde se sentenció que una junta de copropietarios no puede limitar la tenencia de animales. Esto porque excede las capacidades otorgadas por la Ley de Copropiedad.

Junto con esto, también se vela por el cumplimiento de la Ley de Tenencia Responsable: al limitar la tenencia de mascotas en espacios como condominios, los dueños se verían obligados a deshacerse de sus animales, lo que llevaría el inclumiento de normas explicitadas en dicha ley.

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