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Coletazos postcolusión: Estado podría cortar contratos con empresas que hayan acordado precios

Coletazos postcolusión: Estado podría cortar contratos con empresas que hayan acordado precios

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Enrique Elgueta
Por : Enrique Elgueta Periodista y consultor senior en Comsulting.
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Indicación se aprobó ayer por unanimidad en la Comisión de Constitución y este jueves se votará en la Cámara de Diputados. A esta iniciativa se suman otras disposiciones que buscan revertir la concentración de mercado de productos básicos e incluso una especie de Ley Emilia para actos colusorios. Cabe recordar que el Estado habría comprado, desde 2007 a la fecha, del orden de 41 millones de dólares al cartel del Confort.


El “cartel del Confort” se tomó el Congreso. Apenas conocido el requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), el Gobierno puso suma urgencia al proyecto que busca penalizar con cárcel la colusión; sin embargo, con el paso de los días, dicha iniciativa suma otras varias indicaciones que elevan el estándar sancionatorio para estos actos.

Una de ellas es la aprobada ayer por la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputado, la cual busca que todas aquellas compañías que se hayan coludido no puedan cerrar contratos o participar en licitaciones del Estado.

Para el caso de dichas conductas, “podrá imponer, además, la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la Administración del Estado, ya sea de la administración centralizada o descentralizada, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los cuales el Estado efectúe aportes, hasta por el plazo de 5 años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada”, dice la indicación.

Otra disposición acordada ayer busca establecer que, en casos que afecten la libre competencia, tanto el Sernac como “asociaciones de consumidores” serán consideradas partes interesadas. Este último punto fue impulsado por Conadecus.

Dichas indicaciones, además de otras que quedaron pendientes y que se votarán durante esta mañana, cuentan con el apoyo del Ministerio de Economía. El jueves las revisará la Cámara en pleno, para que el martes próximo la discusión se traslade al Senado.

Cabe recordar que el Estado habría comprado, desde 2007 a la fecha, del orden de 41 millones de dólares al cartel del Confort.

Ley Emilia para la colusión

Una iniciativa que probablemente causará polémica es aquella que busca replicar los términos de la comúnmente llamada “Ley Emilia”, pero ahora en actos colusorios.

Si en algún minuto se discutió en el mundo académico si la colusión podría ser un delito penado con cárcel, la Comisión de Constitución busca que, frente a conductas como estas, los responsables puedan acogerse a los beneficios de la ley 18.216, siempre y cuando hayan cumplido al menos un año de prisión efectiva.

Dicha ley establece, como condenas alternativas a la prisión, penas remitidas (firmas mensuales, por ejemplo), libertad vigilada y reclusión parcial, todos beneficios a los que se acogen, verbigracia, personas que hayan cometido delitos pero que gozan de una “irreprochable conducta anterior”.

En este caso, la indicación establece lo siguiente: “Respecto del delito previsto en este artículo será aplicable lo previsto en la ley Nº 18.216, conforme a las reglas generales. Sin embargo, la ejecución de la respectiva pena sustitutiva quedará en suspenso por un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado”.

Finalmente, otro asunto que quedó en suspenso dice relación con lo que anticipamos el pasado viernes, respecto a posibles intervenciones de la FNE en caso de que haya alguna concentración de mercado en uno de los 881 productos de primera necesidad, considerados en la canasta del IPC.

Sobre este asunto, la indicación que se discutirá hoy establece que “si los agentes económicos participantes en una operación de concentración dedican su giro a la explotación comercial de uno o más productos que integran la canasta básica familiar, y como resultado del cálculo señalado en el inciso anterior éstos abarquen o dominen una posición superior al 50% del mercado correspondiente a su giro, dicha concentración no será autorizada por la Fiscalía Nacional Económica. A su vez, si para estos casos, el Reglamento dictado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo fija umbrales bajo el límite señalado, regirá este último”.

Este punto implicaría efectos en la oferta de cadenas de distribución, como supermercados, los cuales tendrían la misión de disponer en góndolas, en condiciones similares, distintas marcas de productos de primera necesidad.

Sobre estas iniciativas, Daniel Farcas (PPD), comentó que “hay que escuchar a la ciudadanía y actuar en consecuencia. Este conjunto de indicaciones recogen el sentir popular de ser drástico con aquellos que hacen trampa y que perjudican el libre mercado. Tenemos el deber de cautelar que las personas que trabajan de sol a sol en pequeños emprendimientos, no se vean frustradas producto de aquellos que, haciendo trampa, tienen ganancias ilegítimas. Son señales claras para que en Chile tengamos, efectivamente, un libre mercado”.

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