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Corte Suprema rechaza esquema tarifario de Transbank revocando decisión del TDLC MERCADOS Créditos: Agencia Uno (referencial)

Corte Suprema rechaza esquema tarifario de Transbank revocando decisión del TDLC

Por falta de la ineroperabilidad de todos los presentes en el sistema es que la Tercera Sala del máximo tribunal tomó la decisión que el sistema tarifario propuesto por la banca no cumple con los requisitos de tutela de la libre competencia. 


Durante este lunes recién pasado la Corte Suprema revocó la decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) sobre el esquema tarifario propuesto por la empresa Transbank terminado por rechazarlo.

Por falta de la ineroperabilidad de todos los presentes en el sistema es que la Tercera Sala del máximo tribunal tomó la decisión que el sistema tarifario propuesto por la banca no cumple con los requisitos de tutela de la libre competencia, según consignó Emol.

El fallo emitido por la Corte Suprema indica que «todo lo señalado hasta ahora da cuenta que el sistema tarifario propuesto por Transbank está lejos de ser uno que ‘tutela la libre competencia y maximiza el bienestar de todos los actores del sistema de Tarjetas de Pago'».

«Sino muy por el contrario, exacerba la posición dominante de la actora en el mercado, generando incentivos para el aumento de tarifas y el surgimiento de barreras de entrada que impiden a nuevas empresas competir eficazmente, todo lo cual se pretende por la vía obviar aquellos parámetros que, conforme a lo resuelto por esta Corte, debía cumplir de manera previa a cualquier modificación de tarifas», complementan.

Asimismo, expresa el fallo que «a lo analizado, se unen ciertas circunstancias que, informadas por el Ministerio de Economía y el Banco Central, dan cuenta que faltan condiciones para que el sistema de pagos pueda operar de manera plena bajo el modelo de cuatro partes».

Recursos de reclamación

Los recursos de reclamación presentados por la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile 8Odecu); Walmart Chile S.A.; Farmacias Ahumada S.A y Copec S.A. fueron los que acogió la Corte Suprema contra la sentencia del TDLC de un total de 10.

Frente a esta situación, el tribunal precisó que «cada día mayor acceso de la población a medios de pago electrónicos, hace que resulte importante dejar asentado que cualquier modificación tarifaria o estructural que se realice, no puede resultar más gravosa para ninguna de las partes involucradas».

«El respeto de las reglas que gobiernan la libre competencia, implica que eventuales modificaciones de modelo o determinaciones de precios estén precedidas de una evaluación técnica de las autoridades, que examine su pertinencia y conveniencia, velando por que los cambios tiendan a hacer más eficiente el sistema y no provoquen disrupciones que, por el contrario, afecten su normal funcionamiento, interrumpan la cadena de pagos o hagan más costosas las ventas de bienes y servicios», cerró.

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