SVS pide a sociedad de Julio Ponce enajenar acciones de propia emisión de Potasios
La Superintendencia de Valores y Seguros solicitó a Potasios, una de las sociedades que componen la cascada a través de la cual Julio Ponce controla SQM, vender el equivalente a poco más del 10% de las acciones de propia emisión.
“Esta sociedad deberá enajenar, dentro de un plazo breve y que resguarde el interés social, las acciones de propia emisión equivalentes al 10,07% de la propiedad accionaria, o la cantidad que a esta fecha posea, debiendo el directorio de esa compañía informar en la forma que procederá; sin perjuicio de permitir para este caso específico, otorgarles a sus accionistas que ejerzan el derecho de opción preferente para adquirirlas”, afirmó la SVS en un oficio ordinario.
Potasios deberá informar al regulador en el plazo de cinco días hábiles la forma y el plazo en que ejercerá la enajenación.
En el oficio firmado por el intendente de Valores, Hernán López Böhner, se detalla las razones por las que el regulador adoptó esta decisión. Esto se origina en la división de otra de las sociedades que conforman la cadena de control sobre SQM: Pampa Calichera. Tras la división de esta última nació Potasios, que a su vez decidió emitir deuda por hasta US$450 millones para adquirir acciones de la misma sociedad que había escindido.
El 4 y 8 de noviembre de 2011, Potasios adquirió acciones de Pampa Calichera alcanzando una participación de 10,06% previo al canje de acciones producto de la división. El 6 de diciembre de ese año, se inscribió Potasios de Chile en el Registro de Valores y se materializó la división el 20 de diciembre, por ende, “la incorporación en Potasios de acciones de propia emisión, producto de la entrega de dichas acciones a los accionistas de Sociedad de Inversiones Pampa Calichera, como consecuencia de la división de esta última”.
El 27 de marzo de 2013 se ingresan los estados financieros de Potasios a diciembre de 2012, en los que se expresa respecto del patrimonio que “las acciones de propia emisión no se han rebajado del capital de patrimonio de Potasios, no obstante que no se presentan efectos contables a nivel patrimonio por cuanto se presentan en otra cuenta rebajando el citado patrimonio”.
Al respecto, la SVS advierte que “esa sola circunstancia contable, no deja de tener efectos, por lo que se expresa en el presente oficio”.
El regulador explicó que la Ley sobre Sociedades Anónimas no permite poseer o adquirir acciones de propia emisión porque “durante todo este periodo en que la compañía tiene acciones de su propia emisión en su cartera, se le produce una rebaja patrimonial. Es así como Potasios ha funcionado frente al mercado y los accionistas no con un patrimonio de 100%, sino que ha debido rebajarse al 89,93% por el efecto que esas acciones en cartera son propia de emisión”.
Lo que hubiese correspondido, precisa la SVS, es inscribirlas a su nombre para el sólo efecto de enajenarlas o haberle pedido a la propia sociedad escindida que ella se las vendiera.