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Corte Suprema precisa controvertido “criterio Valencia”: “No es un criterio legal” y puede que “en algunos casos prospere y en otros no” PAÍS

Corte Suprema precisa controvertido “criterio Valencia”: “No es un criterio legal” y puede que “en algunos casos prospere y en otros no”

La vocera del máximo tribunal del país, Ángela Vivanco, explicó los lineamientos del criterio emitido por el Ministerio Público y liderado por el fiscal Ángel Valencia, que busca establecer prisión preventiva para extranjeros detenidos indocumentados. Vivanco señaló que este criterio es interno y por el momento no legal, y que cada caso se resolverá individualmente, por lo que puede haber diferencias en la decisión de aplicarlo. “En algunos casos, es posible que ese criterio prospere y en otros no”, señaló. Vivanco negó que este criterio ejerza presión sobre el Poder Judicial y afirmó que respetan la atribución del Fiscal Nacional de establecer lineamientos para su equipo.


La vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, se refirió a los lineamientos y alcances del denominado “criterio Valencia”, un oficio emitido por el Ministerio Público liderado por el fiscal Ángel Valencia y que busca determinar prisión preventiva para extranjeros detenidos indocumentados. Es una medida apoyada por fiscales regionales, pero cuyo criterio no es compartido por todo el sistema de justicia.

“Este criterio o instrucción se refiere a un lineamiento interno que ha hecho el Ministerio Público respecto de las solicitudes de los respectivos fiscales para tener en las audiencias, asociados con la posibilidad de identificación o no de las personas que resulten imputadas”, señaló Vivanco en un punto de prensa del Poder Judicial.

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En ese sentido, Vivanco precisó que la medida asociada al Fiscal Nacional “no es un criterio legal, sino que es un lineamiento interno del Ministerio Público, y eso implica tres cosas”. Primero, dijo, que cada una de estas causas tiene una resolución individual. En consecuencia, explicó, “en algunos casos, es posible que ese criterio prospere y en otros no, porque se va a asociar con aquellos aspectos legales que tiene que tener a la vista el juez, respecto de la prisión preventiva, libertad provisional y otras materias, por ejemplo, sobre el tipo de delito y su eventual peligrosidad, etc”.

Entonces, sostuvo, este criterio se basa en “resoluciones de caso a caso”.

En segundo lugar, añadió la vocera del máximo tribunal del país, “efectivamente hay una diferencia importante cuando un criterio o lineamiento de esta especie es establecido legalmente porque entonces se transforma en una norma de procedimiento que los jueces están obligados a cumplir”.

“Cuando no hay una norma legal, entonces se trata de un lineamiento que los jueces obviamente cruzan con los otros antecedentes del caso”, sentenció.

En tercer lugar, explicó Ángela Vivanco, “eso justifica o explica que pueda haber obviamente diferencias caso a caso porque se trata de situaciones distintas entre sí”. Obviamente, complementó, “si después hay una legislación al respecto, entonces se tenderá a uniformar la decisión en esa situación o en esa circunstancia”.

Cabe mencionar que esa idea fue comentada ayer por la ministra del Interior, Carolina Tohá, quien dijo que “quizás el día de mañana se pueda establecer por ley esto para que no sea criterio del juez o criterio del fiscal solicitarlo”.

Consultada si este lineamiento establece “presión” al Poder Judicial, Vivanco señaló: “No identificamos esto como ningún tipo de presión. Nosotros, como Poder Judicial, tenemos buena, cordial y respetuosa relación con los demás órganos del Estado que se vinculan con nuestro quehacer, y parte de ello, por supuesto, es el Ministerio Público”.

“El fiscal nacional tiene todo el derecho a establecer lineamientos para el equipo que va desarrollando las tareas correspondientes, y esto es una atribución absolutamente suya que nosotros respetamos”, cerró la vocera de la Suprema.

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