PAÍS
Oficialismo recurre a Suprema por incorporación de nuevos acápites a anteproyecto constitucional
Oficialismo recurrió al máximo tribunal porque consideran que la derecha no puede incorporar nuevos capítulos a la estructura del anteproyecto constitucional, definido por la Comisión Experta. Las derechas presentaron capítulos sobre FFAA, Seguridad y Defensoría de las Víctimas. De acuerdo a la interpretación del bloque oficialista, “las enmiendas deben expresar de manera precisa la modificación que se propone, haciendo referencia al artículo sobre el cual recae”. En ese sentido, la presentación ante la Suprema descansa en el argumento que un capítulo no es una norma ni un artículo.
Durante la noche de este domingo, consejeros oficialistas presentaron un recurso ante la Corte Suprema para evitar que sus pares de oposición, representados por el Partido Republicano y Chile Vamos, incorporan nuevos capítulos al anteproyecto constitucional, elaborado por la Comisión Experta.
En el documento de 37 páginas, los consejeros del oficialismo sostienen que la derecha está actuando contra el Reglamento, dado que la estructura del anteproyecto, vale decir su índice, fue establecido por los representantes designados para elaborar dicho anteproyecto.
Esto, porque las tres bancadas de la derecha presentaron enmiendas que incorporan, a su vez, nuevos capítulos, sobre FFAA, Seguridad y Defensoría de las Víctimas.
En la presentación ante el máximo tribunal, los 14 consejeros del bloque oficialista -desde el PS hasta el PC- señalaron que:“Venimos en interponer reclamo por infracción a las normas de procedimiento establecidos en la Constitución y en el reglamento a que se refiere el artículo 153 de la Constitución Política de la República, contra el Consejo Constitucional, representado por su Presidenta, doña Beatriz Hevia Willer”.
“La presentación de estas enmiendas, que incorporan capítulos distintos a los fijados en la estructura aprobada por la Comisión Experta, se realiza con infracción a las normas establecidas en los artículos 71 y 72 del Reglamento de Funcionamiento de los Órganos del Proceso Constitucional y 152 de la Constitución Política de la República, provocando un vicio esencial, que afecta la posibilidad de la deliberación democrática en el consejo, en tanto sólo podemos aprobar o rechazar el texto propuesto, sin que éste pueda ser objeto de enmiendas por parte de los reclamantes”.
Entre los principales argumentos de los consejeros oficialistas está que el artículo 71 del reglamento establece que “las enmiendas deben expresar de manera precisa la modificación que se propone, haciendo referencia al artículo sobre el cual recae”.
De acuerdo a esta interpretación, un capítulo no es una norma ni un artículo.