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Soberanía fiscal: el costo de abandonar la mesa Opinión Archivo (AgenciaUno)

Soberanía fiscal: el costo de abandonar la mesa

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Alfredo Ugarte S.
Por : Alfredo Ugarte S. Abogado. Doctor en derecho financiero y tributario. Profesor Universidad de Chile.
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Tengamos claro que la soberanía fiscal no se fortalece quedándose fuera de la sala donde se escriben las reglas. Se fortalece participando, influyendo y sabiendo decir que no cuando corresponde y aprobar cuando ello va en directo beneficio del interés fiscal del país.


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El miércoles pasado, la Cancillería, invocando la “soberanía fiscal” justificó su determinación del retiro de Chile de la negociación de la futura Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cooperación Tributaria Internacional, lo que parece, más que una defensa jurídica consistente, una evidente mala lectura de cómo funciona hoy la tributación internacional.

Chile no estaba obligado por un tratado vigente. Estaba sentado en una mesa de negociación. Podía discutir, objetar, proponer, reservarse derechos y, llegado el momento, negarse a firmar o ratificar aquello que estimara inconveniente o inconstitucional. Salirse antes no protege necesariamente soberanía: significa renunciar voluntariamente a influir.

Ese error es especialmente grave porque la evasión, la elusión agresiva, el lavado de activos, las sociedades pantalla, los criptoactivos, el fraude aduanero y buena parte del crimen organizado son fenómenos transnacionales. Ninguna administración tributaria moderna puede enfrentarlos eficazmente limitada a la información disponible dentro de sus propias fronteras.

La fiscalización contemporánea requiere intercambio de información, identificación de beneficiarios finales, cooperación entre administraciones, coordinación con Aduanas, unidades de inteligencia financiera y organismos persecutores, además de reglas comunes que permitan seguir activos, rentas y operaciones entre distintas jurisdicciones.

Nada de eso significa renunciar a la soberanía tributaria.

Soberanía es que Chile decida qué impuestos establece, cuáles son sus tasas, exenciones, bases imponibles y procedimientos. Cooperación es contar con la información necesaria para aplicar esas decisiones cuando los hechos económicos ocurren fuera del país o atraviesan varias jurisdicciones.

Confundir ambas cosas conduce a una paradoja: en nombre de la soberanía, Chile abandona precisamente el espacio donde podía defenderla.

Más aún, la tendencia de la OCDE y de la Unión Europea avanza en la dirección opuesta: mayor transparencia, mejores estándares de información, cooperación frente a multinacionales, beneficiarios finales, estructuras opacas y delitos fiscales. Si Chile quiere mantenerse al día en la evolución de la fiscalización internacional, lo razonable es participar en esas discusiones, no marginarse de ellas.

También existe un costo menos visible, pero igualmente importante: el aprendizaje institucional. Estos foros permiten conocer las nuevas técnicas de evasión, los mecanismos de elusión que están detectando otros países, las herramientas tecnológicas de fiscalización y las respuestas regulatorias que comienzan a consolidarse. Una administración que aprende tarde, fiscaliza tarde.

Nada impedía a Chile permanecer en la negociación defendiendo condiciones claras: respeto a la Constitución, reserva legal tributaria, protección de datos, reciprocidad, ausencia de potestades supranacionales automáticas y resguardo de los derechos de los contribuyentes. Eso habría sido ejercer soberanía con inteligencia.

Retirarse anticipadamente fue otra cosa: ceder voluntariamente espacio, información e influencia en una discusión que seguirá avanzando con o sin Chile. La pregunta que cabe hacer: ¿fueron consultados de forma previa a esta determinación las instituciones fiscalizadoras SII, Aduana y UAF? Pues pare poco probable que ellas estuvieran de acuerdo con esta medida informada por la Cancillería, la cual últimamente pareciera estar aplicando criterios más que técnicos-diplomáticos, una visión de carácter empresarial para definir estas importantes materias.

Sin ir más lejos, el artículo 6 del texto borrador de acuerdo propuesto en actual discusión y elaboración señala: “Los Estados Partes elaborarán y aplicarán medidas para detectar, disuadir y prevenir la elusión fiscal y la evasión por parte de personas con un elevado patrimonio neto. 2. Los Estados Partes compartirán información sobre las estructuras y técnicas utilizadas por las personas con un elevado patrimonio neto para eludir y evadir impuestos. Los Estados Partes explorarán enfoques coordinados para garantizar una tributación eficaz de las personas con un elevado patrimonio neto”. ¿Atenta esta propuesta de redacción contra la soberanía tributaria chilena? Que juzgue el lector.

Tengamos claro que la soberanía fiscal no se fortalece quedándose fuera de la sala donde se escriben las reglas. Se fortalece participando, influyendo y sabiendo decir que no cuando corresponde y aprobar cuando ello va en directo beneficio del interés fiscal del país.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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