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Venezuela le da la espalda a la Corte Interamericana

Tras la decisión del Tribunal Supremo de no cumplir con un dictamen del órgano judicial de la OEA que habilitaba a un popular líder opositor muchos se preguntan por la validez de pertenecer a un club cuyas reglas no se cumplen.


¿Para qué ser parte de un club si un miembro no va a cumplir las reglas?. Así piensan muchos venezolanos que ven con asombro la actitud del gobierno de Hugo Chávez frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Es que el órgano judicial de la OEA emitió en los últimos años 12 fallos contra el Estado venezolano, de los cuales acató parcialmente sólo dos de ellos.

El último, que ha generado debate en el país, fue la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de declarar «inejecutable» el dictamen de la CorteIDH, en el que se demandaba que las autoridades permitieran que Leopoldo López, exalcalde del municipio Chacao de Caracas, participara en la carrera presidencial.

Constitucionalistas consultados por BBC Mundo opinan que, ante lo que consideran un nuevo desacato, Venezuela debería salirse del sistema interamericano.

La inhabilitación

Hasta 2008, cuando dejó la Alcaldía del Municipio Chacao de Caracas, López era uno de los opositores de mayor popularidad y era considerado un buen candidato para la Alcaldía Mayor de la capital venezolana, cargo al que no pudo aspirar por la sanción.

López fue inhabilitado en 2005 para ejercer cargos de elección popular hasta el 2014 por la Contraloría General que lo acusó de dos hechos separados.

Uno de haber recibido donaciones de parte de la petrolera estatal Pdvsa antes de ser alcalde para el partido en el que entonces militaba, Primer Justicia, cuando su madre trabaja ahí y otra de desvío parcial de fondos, cuando ya ejercía el gobierno municipal.

El exalcalde negó las acusaciones y decidió pelear porque señalaba que la inhabilitación se dio sin una sentencia firme de un tribunal penal, como manda la Constitución venezolana y exige también la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Tras plantear su caso en las instancias nacionales, en 2008 López acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que acogió la denuncia y demandó al Estado venezolano ante la Corte, con sede en Costa Rica.

La decisión del organismo interamericano, reconocido por Venezuela, es vinculante pero apenas conocida el mes pasado el propio presidente Chávez consideró que la sentencia era un «cero a la izquierda» y abogó por la creación de una Corte de Derechos Humanos paralela.

López, economista de 40 años y líder del movimiento Voluntad Popular, ya había anunciado su intención de luchar en las elecciones primarias que la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) –un bloque que agrupa a casi 20 partidos de oposición– realizará en febrero y este martes reafirmó su posición al asegurar que se mantiene en carrera.

Incertidumbre

El fallo del TSJ genera gran incertidumbre pues establece que López puede ser candidato, pero no ejercer un cargo.

Pero, ¿podría asumir el poder en caso de ganar las elecciones presidenciales de octubre?

«Es una situación futura e incierta que no está bajo el análisis del Poder Judicial en este momento», dijo la presidenta del TSJ Luisa Estella Morales.

«Indudablemente tendríamos que dar una respuesta y una interpretación –agregó–, pero en este momento sería pronunciarnos sobre hechos inciertos».

Por su parte, este martes la Contraloría aseguró que la postulación de López a las primarias o a las presidenciales constituiría un «fraude a la ley porque sabe que tiene una inhabilitación que no le permite ejercer el cargo para el cual se está postulando».

«La inhabilitación administrativa impuesta al ciudadano Leopoldo López Mendoza no le ha impedido, ni le impide, ejercer los derechos políticos consagrados en la Constitución (…) solo está dirigida a impedir temporalmente el ejercicio de la función pública, como un mecanismo de garantía de la ética pública y no le impide participar en cualquier evento político», reza la sentencia.

«Estamos concientes de los acuerdos y tratados internacionales, pero a su vez, no puede existir ninguna decisión que vaya en contra de nuestra Constitución (…), la decisión de la CorteIDH usurpaba decisiones de órganos internos del país, por lo tanto esa sentencia no se puede ejecutar en territorio venezolano», dijo el procurador general de la República, Carlos Escarrá.

Pero los abogados de López y otros constitucionalistas recuerdan el artículo 23 de la Constitución venezolana que establece que «los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno (…) y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales».

El Dr Alberto Arteaga considera que «lo más lógico sería que Venezuela se salga de la Corte Interamericana y no propiciar decisiones que son argucias y artificios».

«El país se coloca al margen del sistema interamericano con este tipo de decisiones (…) confusas, contradictorias y carentes de fundamentos», le dijo Arteaga a BBC Mundo.

Sin embargo, para el constitucionalista Juan Carlos Pinto la decisión del TSJ no configura un desconocimiento de la autoridad de la Corte Interamerciana pues «hay preponderancia del derecho interno sobre el derecho internacional».

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