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Los presos olvidados

Tomás Moulian
Por : Tomás Moulian Premio Nacional de Humanidades y Ciencias Sociales.
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Desde la prisión de Pinochet y especialmente desde su desafuero por orden judicial hemos escuchado, de parte de sus abogados, una encendida defensa del debido proceso. Se trata, evidentemente, de una petición legitima, la cual constituye uno de los derechos esenciales de las personas sometidas a juicio. Pero el asunto es que esta regla debe tener validez universal y beneficiar a todos los individuos y no solamente a quien puede ejercer presión.



Puede parecer una broma de mal gusto, pero creo que esos abogados que han exhibido tanto esmero en exigir el debido proceso, deberían asumir la defensa de los presos de la Cárcel de Alta Seguridad. Quizás de esa manera las más altas instancias de la justicia, hasta ahora ciegas, serían más sensibles a la situación de cerca de treinta personas, algunas de las cuales llevan diez años encerrados sin que todavía sean juzgados de manera adecuada.



Las razones son claras. Esos presos fueron torturados después de su detención, han sido procesados al mismo tiempo por la justicia militar y por tribunales civiles, además se les aplicó indebidamente la ley antiterrorista, de manera que caigan sobre ellos las condenas más altas. Algunos de ellos estuvieron condenados a muerte por los tribunales militares hasta hace poco y ahora varias de los prisioneros (entre ellos el ex jefe del Mapu-Lautaro, Guillermo Ossandón), están condenado a dos cadenas perpetuas. La justicia se ha ensañado con ellos, sin que ninguna autoridad fiscalizadora tome cartas en el asunto.



¿Porqué no se aplica para estos casos una regla básica del debido proceso, la cual es la presunción de inocencia?. Ella se le aplicó a Alvaro Corbalán, a Moren Brito y a Sergio Arellano, permitiéndoles la libertad provisional. Pero parece que esta regla no vale para estos presos escarnecidos, aunque sí se les otorga a esos militares que participaron en la represión, actuando como agentes del Estado, o sea con todos los agravantes posibles.



Esto ha sido posible por el silencio de casi todos los partidos frente al tema. El único que los apoyó en algún momento (el Partido Comunista), también ha caído en la misma despreocupación. Lo mismo puede decirse todos aquellos que tenemos acceso a expresar nuestras opiniones en la prensa. No hemos denunciado con suficiente energía y constancia esta gigantesca injusticia procesal.



Las únicas excepciones en este olvido público han sido monseñor Alfonso Baeza (actuando por instrucciones de Monseñor Errázuriz), Jaime Castillo Velasco y el ex ministro de Justicia Francisco Cumplido. Los dos primeros han participado como mediadores constantes entre las autoridades de Gendarmería y los prisioneros. El último ha emitido informes en derecho que demuestran que los presos no pueden ser juzgados por terrorismo.



Sus acciones no fueron de esa naturaleza: no pusieron bombas en lugares públicos, no realizaron ataques con coches cargados con explosivos, no dispararon a masas indefensas, no utilizaron cargos públicos para infringir daños a detenidos. Sus delitos tienen el carácter de subversivos. Debe por tanto procesárseles por Ley de Seguridad Interior del Estado. Si se actuara con equidad, lo más probable es que recibieran penas que han cumplido sobradamente.



Las actuaciones de las tres personas nombradas muestran que la defensa de presos tratados injustamente no equivale a la valoración de sus posiciones políticas. El autor de esta columna tampoco comparte la ideología y la concepción de la política que inspiró sus acciones. Por una razón de fondo, eso es secundario. Constituye una grave distorsión del carácter universal de los derechos humanos estar dispuesto a aplicarlos sólo a nuestros correligionarios. A la justicia le corresponde reparar los graves daños ya ocasionados.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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