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El buen olfato de una empresa sanitaria


Mucho se ha dicho acerca de la conveniente operación comercial hecha por Aguas Andinas con la Municipalidad de Santiago. Recordemos que cuando adquirió EMOS durante 1999 sabía de antemano que existía una obligación perpetua para entregarle gratuitamente al municipio el agua que distribuye.



La opinión pública ya sabe que esta condición contractual está originada por una ley y por un decreto supremo y validada por diversos fallos de los tribunales de justicia, lo que significa que el cambio en las reglas del juego se debe entender como una lección de buena administración de negocios por parte de esos avezados empresarios.



Felicitaciones a su directorio y cuerpo gerencial, incluyendo a los 3 chilenos que, en la hora de las decisiones, procedieron acorde a los supremos intereses de los accionistas controladores, aunque 2 de ellos, que decían que los derechos del municipio eran precarios, cuando ya era tarde, criticaron la ausencia de transparencia en la operación.



Todos sabemos que cuando se procede con sigilo es porque algo poco diáfano se está haciendo y por tal razón se firmaron los contratos con tanta celeridad. Había que generar hechos consumados para disponer de «certeza jurídica». Y cómo de buenos negocios se trata, también esta empresa está tratando directamente con Cristián Labbé, alcalde de Providencia, el cambio de uso de suelo de un predio de 7,7 hectáreas que posee en Pocuro con Antonio Varas, para así posibilitar la ejecución de 14 edificios en altura.



Dado que el terreno es un área verde de carácter metropolitano (Santiago tiene un tremendo y creciente déficit de vegetación), nosotros hemos objetado esta operación comercial por convicción y doctrina, hecho que en distintas ocasiones se lo hemos manifestado a dicha autoridad. El 24 de junio pasado el Alcalde nos decía por escrito que, en conformidad al «derecho de petición, consagrado en la Constitución de la República», no veía impedimento para que Aguas Andinas ejerciera su iniciativa, lo que significó que aquella ha ingresado formalmente al municipio su propuesta comercial.



Si bien es cierto que el derecho de petición es una herramienta legítima para hacer valer los deseos de los particulares, no se debe perder de vista que existen los marcos ordenadores que establecen el funcionamiento del sistema social de mercado y tratándose de la planificación urbana, tales encuadramientos son la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los Planos Reguladores Comunales y sobre éstos el Plan Metropolitano.



Por mucho interés que el señor Labbé pueda tener para permitir que este particular lleve a cabo su megaproyecto inmobiliario en un terreno privado, que es parte integrante del Parque Inés de Suárez, según nos lo enfatiza la expresión gráfica del instrumento normativo superior, le recordamos al alcalde que la institucionalidad vigente ha establecido un cierto camino para desafectar las áreas verdes de los parques metropolitanos, intercomunales y áreas verdes complementarias y el procedimiento legal se iniciará sólo si el Gobierno Regional (léase Intendencia) aprueba la propuesta del Minvu para cambiar los usos de aquellos parques que, por sus especiales características, califiquen para tal objetivo.



Estamos conscientes que la empresa sanitaria Aguas Andinas, cuando adquirió el control de EMOS, sabía que este terreno era un área verde valorizado como tal y si ahora desea aumentar su patrimonio, vía el expediente de modificar su uso de suelo, tiene que atenerse necesariamente a las condiciones objetivas que hemos dado a conocer. Y tal como se lo manifestamos al alcalde en nuestra carta del 9 de julio pasado, nosotros encontramos de mal gusto aceptar peticiones de particulares orientadas a interferir en las regulaciones urbanísticas que las autoridades se dan para los territorios de sus jurisdicciones.



Mientras el cuerpo colegiado central (CORE) que decidirá sobre el «Sistema Metropolitano de Areas Verdes y Recreación» (Capítulo 5.2. del PRMS) no autorice la propuesta del Minvu, sostenemos que el municipio de Providencia carece de atribuciones para aceptar el ingreso a sus oficinas técnicas del proyecto en ciernes y por ello aseveramos enfáticamente que estamos ante una grave irregularidad.



No quisiéramos que se repita en Providencia lo que aconteció en Santiago con el mismo despabilado «oferente». Los intereses colectivos de la comunidad no siempre son los mismos de los privados y por ello debemos ser cuidadosos cuando se trata de negociar bienes que están limitados en sus usos, por disposiciones superiores emanadas del ente que planifica la metrópolis.



En Chile, por existir mucha asimetría en la información, se dan los espacios para aquellos pocos que sí la manejan con fruición y tienen la «llegada» suficiente para convencer a la contraparte. Ante esta realidad y por lo relatado, esperamos que, mientras el PRMS siga vigente como está, se rechace la pretensión de Aguas Andinas.



* Agrupación Defendamos la Ciudad.



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  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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