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Tolerancia cero y justicia: a propósito de la ley Emilia

Francisco Alvarado Sandoval
Por : Francisco Alvarado Sandoval Abogado. Secretario Gral. Asociación Defensores Públicos de Chile.
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La represión y la cárcel sólo generan mayor delincuencia, lo que se demostró con la ley de tolerancia cero que no elevó las penas de reclusión para estos ilícitos pero sí elevó las de suspensión de licencia de conducir, logrando disminuir en 30% la tasa delictual en esta materia.


Luego del accidente de tránsito que costó la vida a una bebé de nueve meses de edad, causado, supuestamente, por un sujeto que conducía en estado de ebriedad, sus padres, para terminar con “la impunidad de asesinos ebrios al volante”, iniciaron gestiones para contactarse con parlamentarios, quienes presentaron un proyecto de ley que aumenta las penas para los conductores que, en estado de ebriedad, causen lesiones gravísimas o la muerte de la víctima. Así, la pena para la conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones gravísimas iría entre los 5 años y 1 día a 10 años y, si se causa la muerte, entre 10 años y 1 día a 15 años. Sin embargo, este proyecto adolece de múltiples defectos.

El primero es que responde a una situación puntual que produjo impacto público y sobre todo a un deseo de las víctimas, los padres de Emilia, quienes naturalmente se encuentran confundidos y cegados por el dolor e impotencia de la pérdida de su pequeña hija, lo que resta objetividad al proyecto.

Nadie puede criticar a los padres de Emilia por estar confundidos y solicitar, para quien mató a su hija, las penas del infierno y creer que quedó impune pese a no haberse aún dictado sentencia en el caso. Sin duda, cualquiera de nosotros en su lugar haría lo mismo, pero aquello no puede permitírsele a un parlamentario. Un legislador, al hacer las leyes que regularán con justicia a la población en general, debe permanecer sereno y con la mente fría, ajeno a las pasiones que atribulan a una víctima. De lo contrario, la ley penal no castigará al culpable con la pena justa sino que con aquella que aplaque el dolor de la víctima, cometiéndose muchas injusticias en su aplicación. Es justamente esta idea la que se plasma en el proyecto, pues se pretende aumentar hasta 15 años la pena de quien, ebrio, conduzca y mate a otro, incumpliendo los principios de proporcionalidad, culpabilidad, intervención penal mínima, igualdad ante la ley y además presume de derecho el dolo, lo que está prohibido constitucionalmente.

No es razonable castigar con mayor pena a quien tiene una menor culpabilidad y, si la pena mínima para quien mate a otro con la intención de hacerlo, pero sin premeditación, alevosía, ensañamiento, es de 5 años y 1 día, y la pena mínima para quien decidió conducir ebrio y, por accidente o imprudencia temeraria, mató a otro no queriendo hacerlo es de 10 años y 1 día, claramente hay una desproporción.

Un segundo defecto es que las penas propuestas impedirán que una persona imputada por estos delitos, pero inocente hasta que se le condene, obtenga su libertad. Es decir, se usará la prisión preventiva como castigo de cárcel anticipado, lo que además de ser inconstitucional, no da la posibilidad de revertir los errores que se cometan. Así, ¿qué pasará en los casos en que haya error en el alcotest? Ello ha ocurrido en numerosos casos, como el de la actriz Daniela Ramírez y el ex futbolista Manuel Neira. Nadie les devolverá en tiempo que pasarán presos injustamente, en caso de aprobarse el proyecto.

Un tercer defecto es que el proyecto parte dela falsa premisa de que aumentar las penas disminuirá la ocurrencia de estos delitos. Si así fuese, donde hoy existe pena de muerte no debiesen haber condenados a esa pena y, por cierto, siguen habiendo. Por el contrario, si queremos disminuir estos delitos debemos educar desde pequeños a los futuros conductores y mejorar el sistema de otorgamiento de licencia de conducir. La represión y la cárcel sólo generan mayor delincuencia, lo que se demostró con la ley de tolerancia cero que no elevó las penas de reclusión para estos ilícitos pero sí elevó las de suspensión de licencia de conducir, logrando disminuir en 30% la tasa delictual en esta materia.

Pareciera ser que el horror vivido luego del incendio de la cárcel de San Miguel se olvidó pronto, pues entonces la sociedad estuvo de acuerdo en el uso racional de la cárcel y desde el Gobierno se impulsó la reforma a la ley 18.216 de beneficios alternativos al cumplimiento efectivo de las condenas. Pues bien, la denominada Ley Emilia va contra ello.

(*) Texto publicado en El Quinto Poder.cl

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