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Caso SII: Cuando la autoridad política perdió el pudor

Gonzalo Ríos
Por : Gonzalo Ríos El Quinto Poder.cl
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Un trance de servicio público torcido que eriza la piel de los chilenos de buena voluntad.

El director del Servicio de Impuestos Internos, señor Julio Pereira, ha sido ampliamente respaldado por el gobierno luego de que la Contraloría General de la República lo absolviera de todo cargo vinculado con conflictos de intereses, según pareciera desprenderse de la información de la prensa. Recordemos que el señor Pereira es el autor de la condonación de la millonaria deuda tributaria con que el SII favoreció a la multitienda Johnson’s, justo antes de que la comprara Cencosud, entidad financiera del empresario alemán,  nacionalizado chileno, Horst Paulmann, que con esta operación se ahorró ciento cincuenta millones de dólares pertenecientes a todos los chilenos.

Con esto, el funcionario se puso en oposición flagrante a la Ley 18.575 sobre Probidad Administrativa, que señala que “contravienen especialmente el principio de la probidad administrativa varias conductas. Entre ellas, intervenir, en razón de las funciones, en asuntos en que se tenga interés personal”.

Pero el señor Pereira ha sido evaluado por el gobierno del Presidente Piñera como un funcionario ejemplar, y lo ha confirmado en su cargo de director del Servicio, aun a despecho de sus vínculos comerciales con aquel holding, los que dicen relación con el arriendo de un bien familiar de la que el señor Pereira es parte, y por la que recibe como heredero la suma de 22 millones de pesos mensuales. Se trata de la propiedad ubicada en la esquina de Padre Hurtado con Bilbao, donde actualmente se emplaza un importante centro comercial con empresas del retail pertenecientes al citado holding Cencosud. Y esto, sin contar con que laContraloría aun tiene en entredicho diversos aspectos de la gestión actual del SII, como los posibles conflictos de interés con participación de aquellos profesionales que asesoraron a Johnson’s en juicios contra el propio Servicio de Impuestos Internos, y que más tarde fueron contratados para cubrir altos cargos en la misma repartición pública de la que hoy es director el señor Pereira (SII).

Esto dibuja claramente la existencia de una poderosa red de influencias y de compromisos incompatibles. Sorprendentemente, el señor Pereira es reconocido por el gobierno y por los  partidos que lo acompañan, como un funcionario intachable, tanto como para que el gobierno lo confirme en su cargo como un ejemplo de probidad y buen servicio, y le envíe a la oposición, a través de sus adláteres, el sorprendente mensaje de que debe pedirle disculpas por poner enduda su insobornable condición de funcionario público.

Está claro que el señor director del SII al condonar las deudas de Johnson’s lo hizo en virtud de sus facultades administrativas, sin embargo, cabe preguntarse: ¿Por qué un perdonazo tan monumental, como nunca se dio antes en materia de condonaciones tributarias? y ¿con qué razonamiento justifica el señor Pereira exención tan privilegiada… y tan oportuna?

Pero el señor Pereira es un funcionario probo, incapaz de confundir los intereses de otros con los suyos propios; y que contra todos los supuestos, cuenta con todo el respaldo del gobierno, que se ha encargado de enviar al país una triste señal de ceguera y soberbia política. Porque para los chilenos este affaire es uno de los más decidores —si no más trágicos— del poder con que se desenvuelven los grupos económicos que campean en la escena financiera chilena de hoy, abrigados mediante formidables redes de influencia, las que resultan muy honorables sólo hasta que se desata el conflicto de intereses entre el patrimonio público y el provecho de privados.

Ante esta dramática realidad y entendiendo que el organismo contralor fiscaliza conforme a la fría legalidad de las acciones públicas, mal podría hacer observaciones subjetivas respecto del actuar del director del SII, como su falta de discrecionalidad o su imprudencia al no comunicar a sus jefes —en este caso, al ministro de Hacienda o al propio Presidente de la República—, los planes de condonar tributos impagos de gran envergadura. Por tanto, a la luz de la ley de transparencia y probidad de la función pública, que descansa en valorizaciones de carácter ético, es inevitable poner en tela de juicio todo el gesto de excepcionalidad tributaria que este funcionario aplicó a la millonaria deuda de Johnson’s, con las implicancias que ya conocemos, toda vez que en toda decisión  que deba tomar un servidor público, debe prevalecer el interés público por sobre cualquier otro interés privado. Para ello ha de evitar, o abstenerse razonablemente, de participar en actividades que puedan poner en duda su imparcialidad al servicio de la cosa pública. Menos, debe perder de vista la clave interpretativa denominada “conflicto de intereses”, que fue precisamente la figura que pondría en entredicho la gestión del señor Pereira. Esta directriz genérica de carácter ético y jurídico, es la que este funcionario público ha pasado por alto, comprometiendo el buen comportamiento a que deben aspirar siempre los servidores públicos, de manera que se constituyan en ejemplos de probidad.

Ahora, contrariando la filosofía de permisividad del gobierno, cada gesto público debe ser observado bajo el prisma ineludible del compromiso con el interés de la Nación. Y aunque un jefe de repartición ya notan probo, sea circunstancialmente privilegiado con el apoyo impúdico de sus superiores, el país no debe perder de vista que la función pública debe estar más allá de la sospecha o la especulación de terceros, y lejos de la duda razonable de sus inspectores. Que Dios redima a los justos.

(*) Texto escrito en El Quinto Poder.cl

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