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Junta Militar revolucionaria Opinión

Junta Militar revolucionaria

Claudio Fuentes S.
Por : Claudio Fuentes S. Profesor Escuela Ciencia Política, Universidad Diego Portales. Investigador asociado del Centro de Estudios Interculturales e Indígenas (CIIR)
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¿Queremos que la voluntad de la ciudadanía se exprese libre y democráticamente? ¿Queremos que el pueblo, la ciudadanía, decida? ¿O bien optaremos por el camino de aferrarnos a un cuerpo legal que es expresión de una fantasía revolucionaria y de un consiguiente fraude? El miedo es una poderosa fuerza de resistencia al cambio, tan poderosa que incluso las élites podrían hasta eliminar el binominal para precisamente evitar tener que preguntarle a la gente qué tipo de acuerdo político desearían adoptar. Aquel paso provoca un inmenso pavor.


El 8 de agosto de 1980 la Junta Militar chilena convocó a un plebiscito para que la ciudadanía se pronunciara sobre la nueva Constitución de la República de Chile. El acto, que se haría el 11 de septiembre de 1980, era no vinculante, aunque para la dictadura de Pinochet implicaba un gran salto en su institucionalización. El decreto 3.465 especificaba que la Junta Militar podía convocarlo pues en ella residía el “ejercicio del poder constituyente”. Es decir, los cuatro miembros de la Junta (Pinochet, Merino, Matthei y Mendoza) ejercían la voz de la nación.

Aunque para muchos esta convocatoria representaba una burda farsa dada la concentración de poderes de la dictadura, la cuestión de la legitimidad planteó intensas discusiones entre profesores constitucionalistas. Los partidarios del régimen debían entregar una explicación, alguna justificación doctrinaria que les permitiese dar cuenta de por qué el régimen era el depositario del poder constituyente.

La justificación provino del cuerpo de profesores de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile que en un inserto aparecido en El Mercurio el 24 de agosto de 1980 dieron a conocer su opinión. Se trataba de una postura institucional, corporativa, que se veía reflejada en el uso del logo de la propia Universidad al inicio de la declaración. Firmaban más de 50 profesores, incluyendo a Jaime Guzmán, Andrés Chadwick, Hernán Larraín, Blas Bellolio, Sergio Gaete, Jaime del Valle, Raúl Lecaros, Enrique Munita, Gonzalo Rojas, Alberto Labbé, y Jorge Carey.

[cita]Los partidarios del régimen debían entregar una explicación, alguna justificación doctrinaria que les permitiese dar cuenta de por qué el régimen era el depositario del poder constituyente. La justificación provino del cuerpo de profesores de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile que en un inserto aparecido en El Mercurio el 24 de agosto de 1980 dieron a conocer su opinión. Se trataba de una postura institucional, corporativa, que se veía reflejada en el uso del logo de la propia Universidad al inicio de la declaración. Firmaban más de 50 profesores, incluyendo a Jaime Guzmán, Andrés Chadwick, Hernán Larraín, Blas Bellolio, Sergio Gaete, Jaime del Valle, Raúl Lecaros, Enrique Munita, Gonzalo Rojas, Alberto Labbé, y Jorge Carey.[/cita]

No bastaba definir el golpe de 1973 como un “pronunciamiento”. Lo llamarían revolución. Sostenían que “habrá una revolución legítima cuando ella se haga en el ejercicio del derecho de rebelión respecto de los que, conforme a la institucionalidad vigente, detentan el poder”. Y a juicio de los firmantes, “la revolución del 11 de septiembre de 1973 fue legítima por haberse cumplido todos los requisitos del derecho de rebelión (…)”. Por lo tanto, el establecimiento de la nueva institucionalidad residía en quienes encabezan la revolución. Agregaba la nota que, “si de la legitimidad de la revolución y del consecuente legítimo nacimiento de un nuevo gobierno, se deriva la derogación de la Constitución en todo aquello que pugna con el ejercicio de la autoridad por el nuevo gobierno, preciso es concluir que en éste radica el poder de mantener, modificar o derogar la Constitución y de regular transitoria y definitivamente la nueva institucionalidad”.

Bajo esta concepción, los militares actuaban sin estar sujetos a ninguna atadura institucional anterior, “el ejercicio del poder constituyente originario, como quiera que no está subordinado a una institucionalidad anterior, no reconoce en lo formal límite alguno”. Por lo mismo, en esta lógica la Junta Militar podría crear una institucionalidad totalmente nueva y bajo cualquier procedimiento. Todo era válido.

Entonces, se justificaba tanto crear una nueva institucionalidad como convocar a un plebiscito. Tanta era la concentración de poder originario en la Junta Militar que ni siquiera se requería formular una alternativa si es que triunfaba la opción del “NO”: “Ya que del mismo modo como puede prescindirse del plebiscito, con mayor razón no se requiere para su realización de la formulación de alternativa alguna”. Entonces, incluso si triunfaba el NO, la Junta Militar “procederá en lo formal del modo que más conveniente le parezca para dotar al país de una nueva institucionalidad”.

“En consecuencia —terminaba la declaración— reside en los nuevos gobernantes revolucionarios el poder constituyente originario, tanto para el establecimiento de una nueva institucionalidad que automáticamente se crea como consecuencia de la revolución, como para regular transitoria y definitivamente la nueva institucionalidad”.

Hoy resulta absurda la asociación entre el golpe del 73 y revolución. Pero la única alternativa que tenían aquellos profesores era recurrir al poder constituyente. Lo interpretaron como un poder sin límites, desatado, que no respondía a nadie, ni siquiera a la voluntad del pueblo de hacer algo distinto a lo propuesto. Si el pueblo dictaminaba que no quería esa Constitución, no importaba.

Es por este hecho que la Constitución de Pinochet provoca tanta desazón. Por una parte, la Constitución aprobada hace 33 años está irremediablemente atada al golpe que ocurrió hace 40 años. Pero por otra, y como decía Frei Montalva, la Constitución en su ADN instaló un profundo miedo al pueblo. Se trata de una norma que bloquea cualquier opción para que la voluntad soberana de la ciudadanía se exprese libremente. Es por esta razón que a la Junta y a sus constitucionalistas les daba lo mismo un eventual rechazo en el plebiscito. En la Constitución la opinión de la ciudadanía no importa.

40 años después, este sigue siendo el tema de fondo, ¿queremos que la voluntad de la ciudadanía se exprese libre y democráticamente? ¿Queremos que el pueblo, la ciudadanía, decida? ¿O bien optaremos por el camino de aferrarnos a un cuerpo legal que es expresión de una fantasía revolucionaria y de un consiguiente fraude? El miedo es una poderosa fuerza de resistencia al cambio, tan poderosa que incluso las élites podrían hasta eliminar el binominal para precisamente evitar tener que preguntarle a la gente qué tipo de acuerdo político desearían adoptar. Aquel paso provoca un inmenso pavor.

Claudio Fuentes es Autor de “El Fraude” (Editorial Hueders). El libro será presentado en el Centro Cultural Gabriela Mistral el 10 de septiembre de 2013.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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