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Realidades en la defensa de los consumidores


En ningún sector económico se nota tan fuertemente la rivalidad entre la burocracia estatal y la sociedad civil, como en la defensa de los consumidores.

Efectivamente en el proyecto que mejora la Defensa de la Libre Competencia ya aprobado por la Cámara de Diputados, se establece que en los procesos de fusiones de empresas que alteren la concentración económica , la Fiscalía Nacional Económica es la única a decidir si procede o no.

La experiencia en la fusión de las líneas aéreas LAN y TAM de hace ya unos años, demostró que esa Fiscalía puede ser muy benevolente para apreciar los efectos en el mercado y la competencia.

Lo mismo sucede en el propio Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, donde su presidente y una mayoría de los ministros opinan que las asociaciones de consumidores no tienen interés legítimo para intervenir como afectadas en los procesos de colusión y/o fusiones que debe analizar ese tribunal. No es sorprendente que su presidente haya debido autoinhabilitarse por ser asesor de una productora de papel que se está iniciando en el mercado.

Está en consideración del Senado la revisión del proyecto que refuerza al Sernac en tamaño y en atribuciones. Hasta ahora es en la defensa de los consumidores, la única área de la economía de mercado vigente en que se encuentra una competencia pareja de atribuciones entre el organismo del Estado, el Sernac, y las Asociaciones de Consumidores. Estas pueden ejercer las mismas iniciativas legales que el órgano del Estado y otras más en que el Sernac se inhibe.

Tal vez por eso en el proyecto de ley que refuerza al Sernac se han introducido, una tras otras, iniciativas para eliminar esa competencia. Algunas de ellas han sido desactivadas, pero varias aún están en el texto. Es por lo menos curioso que las organizaciones empresariales no tomen partido en esa rivalidad. Ellas aparentemente tratan de intervenir haciendo aportes directos a ciertas asociaciones de consumidores para controlarlas y lo hacen a través del llamado Programa de Responsabilidad Social Empresarial.

El Ministerio de Economía en el proyecto de ley ha introducido la modalidad de “mediación colectiva”, que en la práctica concede una oportunidad a las empresas infractoras de la ley para aceptar una mediación sin tener que enfrentar una demanda colectiva como hasta ahora. Para ello les otorga hasta seis meses de plazo para estudiar su conveniencia, periodo en el cual no se podrá iniciar una demanda colectiva.

[cita tipo=»destaque»]La experiencia es que las empresas se toman todos los plazos legales del actual sistema procesal para dilatar las sentencias y no devolver lo que se ha cobrado abusivamente a los consumidores. Esta propuesta les concederá seis meses adicionales. En la demanda por cobros abusivos del Banco Estado, la devolución de los cobros tomó 8 años, y su devolución todavía no se completa. En la ley actual, el juez que lleva una demanda colectiva puede ofrecer una conciliación a las partes en cualquier etapa de la demanda. ¿Por qué plantearla antes de iniciar el proceso judicial?[/cita]

La experiencia de la Asociación de Consumidores, Conadecus, es que las empresas se toman todos los plazos legales del actual sistema procesal para dilatar las sentencias y no devolver lo que se ha cobrado abusivamente a los consumidores. Esta propuesta les concederá seis meses adicionales. En la demanda por cobros abusivos del Banco Estado, la devolución de los cobros tomó 8 años, y su devolución todavía no se completa. En la ley actual, el juez que lleva una demanda colectiva puede ofrecer una conciliación a las partes en cualquier etapa de la demanda. ¿Por qué plantearla antes de iniciar el proceso judicial?

Existe una conocida firma de abogados que se ha especializado en tomar la defensa de las empresas infractoras de la ley del consumidor. Por acuerdo de Asambleas y del Directorio de Conadecus, toda conciliación debe hacerse ante el tribunal correspondiente e incluir una indemnización a los consumidores por el daño material sufrido. La experiencia ha mostrado que, según una pauta ya conocida, los abogados defensores reciben instrucciones de alargar al máximo la sentencia definitiva y además disminuir por cualquier medio la devolución de lo cobrado ilegalmente.

¿Será esa la modalidad elegida por las empresas que se coludieron por años para alterar los precios de la carne de pollo y sus derivados? Esas empresas están ya castigadas por una sentencia de la Corte Suprema y el daño a los consumidores está probado. Lo que debiera proceder es una rápida conciliación en la demanda colectiva y devolver a cada familia el dinero que se les extrajo durante tantos años.

En el otro caso emblemático, la colusión en los precios del papel higiénico y las servilletas, entre la CMPC y SCA, Conadecus ha presentado una demanda colectiva y también solicita una pronta devolución de lo cobrado en exceso. Paralelamente y sin ningún respaldo legal, el Sernac ha ofrecido una “mediación colectiva” a la CMPC. Si estuviera aprobado el proyecto de ley en tramitación, esa iniciativa del Sernac paralizaría por 6 meses la posible demanda colectiva. Así las cosas y ya presentada la demanda de Conadecus, lo que se acuerde en la “mediación” deberá ser ratificado ante el juzgado que lleva la causa.

Entre ambas grandes demandas colectivas en que el demandante es Conadecus, las sumas a devolver a los consumidores llegan aproximadamente a US$1.000 millones . Una suma no despreciable para los hogares chilenos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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