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Ley nacional para la protección de humedales, ¿por qué no? Opinión

Ley nacional para la protección de humedales, ¿por qué no?

Ignacio Rodríguez
Por : Ignacio Rodríguez Director Centro de Humedales Río Cruces Universidad Austral de Chile – Valdivia
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Las noticias del deterioro y amenaza sobre los ecosistemas de humedales han aparecido cada vez más frecuentemente en los medios de prensa nacional. Esta situación nos pone en alerta respecto de la necesidad de profundizar en cuanto a qué conocemos como humedales, cuántos son y cuáles deberíamos proteger y a cuáles otros dar otro tipo de tratamiento, proceso que ha ocurrido en países con legislaciones avanzadas en la protección de humedales.

Hace unos días, la ministra de Medio Ambiente, a propósito de la discusión sobre la ley de glaciares, declaró que ni humedales ni glaciares requerían una ley especial, ya que serían abarcados en la discusión de la nueva institucionalidad del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) que se discute en el Congreso.

Así, la mentada ley SBAP vuelve a estar bajo la lupa. En primer lugar, la comunidad científica coincide en mantener la definición utilizada por la Convención Ramsar, que es consensuada, amplia y completa, pero que no está literalmente utilizada en este proyecto. Despejada la primera interrogante, nos deberíamos preocupar lo antes posible de generar un catastro de humedales (incluyendo, por cierto, los urbanos), que nos permita saber la cantidad y su estado de degradación, especialmente aquellos que puedan estar en riesgo. Finalmente, este análisis debiera derivar en generar una priorización en su manejo y además definir las medidas de mitigación ante una inminente intervención que fuera absolutamente necesaria para la comunidad, como la construcción de una carretera o un hospital.

[cita tipo=»destaque»] Así, la mentada ley SBAP vuelve a estar bajo la lupa. En primer lugar, la comunidad científica coincide en mantener la definición utilizada por la Convención Ramsar, que es consensuada, amplia y completa, pero que no está literalmente utilizada en este proyecto. Despejada la primera interrogante, nos deberíamos preocupar lo antes posible de generar un catastro de humedales (incluyendo, por cierto, los urbanos), que nos permita saber la cantidad y su estado de degradación, especialmente aquellos que puedan estar en riesgo. Finalmente, este análisis debiera derivar en generar una priorización en su manejo y además definir las medidas de mitigación ante una inminente intervención que fuera absolutamente necesaria para la comunidad, como la construcción de una carretera o un hospital.[/cita]

Si bien el SBAP contempla prohibiciones aplicables a los ecosistemas de humedales, estas se limitan solo a los contenidos dentro de las áreas protegidas (SNASPE) y a los sitios RAMSAR (importancia Internacional). El SBAP también contempla la realización de un inventario de humedales, sin embargo, no queda claro si este esfuerzo se realizará, además, fuera de las áreas protegidas del Estado. Los aspectos mencionados anteriormente debieran ser la base para el comienzo de una discusión que permita generar un proyecto de ley específica de humedales, ya que sin duda muchos de estos no entrarán en la categoría de áreas protegidas y no serían abarcados por el SBAP.

Otro punto a discutir es el financiamiento necesario para mantener áreas protegidas, ya que la asignación presupuestaria para su mantenimiento suele ser insuficiente. Este punto es relevante, ya que, en particular, la protección de humedales debiese incluir, entre otros, la determinación  del impacto de la contaminación química y su monitoreo, asunto reconocido como el principal factor de cambio en estos ecosistemas, típicamente ausente y que suele demandar recursos especializados y de alto costo.

Los países que llevan la delantera en esta temática, han implementado el sistema de “no pérdida neta”, lo que significa que si inevitablemente tenemos que intervenir alguno por imperiosa necesidad, el impacto debe ser mitigado y/o compensado con el mejoramiento, ampliación o restauración del mismo humedal, o bien la creación de otra una superficie similar que sea equivalente o del doble de su tamaño.

El proyecto presentado hace algunas semanas por el senador Alfonso de Urresti para los humedales urbanos, representa sin duda un avance en esta materia, pero no debería ser un impedimento para comenzar a discutir una ley amplia que abarque la totalidad de estos.

Tenemos mucho trabajo por realizar y no podemos seguir esperando. Necesitamos una ley específica de humedales ahora.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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