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La nueva modificación en la Ley de ciberseguridad

Por: Paula Pinto


Señor Director:

Con su reciente publicación en el Diario Oficial, entró en plena vigencia la normativa que tipifica y sanciona ocho nuevos delitos informáticos, lo que constituye una importante actualización de la legislación chilena en esta materia.

Los nuevos tipos penales, que van desde el ataque a la integridad de un sistema informático, la falsificación e interceptación de datos y el abuso de dispositivos, entre otros, son fundamentales para ampliar la protección a personas, instituciones y empresas que hoy enfrentan crecientes procesos de transformación digital.

Debido a la pandemia, la digitalización acelerada a nivel laboral se centró principalmente en la disponibilidad de uso de los sistemas informáticos, antes que en la seguridad, lo que ciertamente ha dejado a esos sistemas, empresas u organizaciones y a sus usuarios, expuestos a riesgos no conocidos y de un mayor nivel de riesgo.

Por lo anterior, es imprescindible no desentenderse de esos riesgos y contar, en el caso de empresas e instituciones, con una estrategia robusta en ciberseguridad y políticas o normas internas en el manejo de la data y accesos, por ejemplo con la nueva normativa se hace necesario que quienes administran sistemas digitales revisen cómo gestionan y almacenan los datos de los usuarios.

Ello es fundamental no solo para prevenir ciberataques, fraudes o fugas de información, sino también para cumplir con la ley vigente y los nuevos tipos de delitos.

 

Paula Pinto

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