Rol y financiamiento de las ONGs en Chile
Señor director:
A propósito de la controversia generada por los datos de la encuesta Black & White sobre el rol y financiamiento de las ONG en Chile, es necesario precisar algunos antecedentes que fueron omitidos y que son muy importantes.
Frente a diversas interpretaciones que sostienen que la desconfianza ciudadana debiera subsanarse mediante legislaciones que apunten a una mayor transparencia, es imperativo aclarar que dichas exigencias normativas hoy ya existen. Desconocer el marco legal actual solo confunde a la ciudadanía respecto al nivel de fiscalización real a la cual están sujetas las ONGs.
La sociedad civil en Chile no opera en un vacío de control: la Ley N° 20.500 exige su inscripción en un registro público; el Código Civil faculta al Ministerio de Justicia para revisar sus balances; la Ley N° 21.440 sobre Donaciones obliga a reportar el origen y destino de los fondos; y la UAF monitorea las transferencias desde el exterior. Si manejan recursos estatales, la Contraloría y la Ley de Transparencia se aplican directamente. Por otra parte, la participación de ONGs en instancias internacionales (como ante la USTR en el marco del Tratado de Libre Comercio con EE. UU.) está formalmente establecida en el Capítulo 17 de dicho acuerdo y amparada en los derechos constitucionales de petición y asociación.
El debate para fortalecer la confianza pública es legítimo, pero debe basarse en el conocimiento de las reglas vigentes para no duplicar exigencias ni desinformar a la opinión pública.
Paulina Ibarra
Directora Fundación Multitudes