Publicidad
Por el derecho a tener derechos: migración, ciudadanía y proceso constituyente Opinión

Por el derecho a tener derechos: migración, ciudadanía y proceso constituyente


La semana antepasada, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y la Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados de la Universidad Diego Portales presentaron tres acciones constitucionales de protección del derecho a sufragio de las personas extranjeras, quienes por una interpretación restrictiva y arbitraria del Servicio Electoral (Servel) respecto del alcance de la noción de ciudadanía, no han tenido la posibilidad de patrocinar candidaturas independientes a convencionales para el proceso constituyente que se está iniciando en el país.

La misma interpretación, a saber, la que liga la condición de ciudadano(a) a la posesión de la nacionalidad de un Estado-nación (en este caso, la chilena), había puesto en riesgo la posibilidad de que las personas extranjeras participaran en el plebiscito que se desarrolló el pasado 25 de octubre para decidir el cambio constitucional y la forma de realizarlo. Sin embargo, a instancias del reclamo de organizaciones migrantes principalmente –que es lo mismo que decir “migrantes que construyen ciudadanía en acto”–, se logró superar tal restricción y ser parte activa del proceso eleccionario.

Por lo mismo, la restricción que impide a los(as) migrantes patrocinar candidaturas por las que, incoherencia mediante, se podrá votar en abril, no solo vulnera el derecho a la igualdad ante la ley de las personas migrantes (una discriminación fundante del Estado, y que nos parece necesario cuestionar), sino que es inconsistente con el propio criterio que el Servel tuvo que corregir antes de la consulta plebiscitaria de 2020.

Esta situación –respecto de la que esperamos se haga justicia con prontitud–, junto a  la imposibilidad de que las personas migrantes internacionales sean candidatas –a menos que se hayan naturalizado como ciudadanos(as) chilenos(as)–, ponen en primer plano una discusión que es imperativo dar, siendo el proceso constituyente un espacio ideal para hacerlo: ¿quiénes somos ciudadanos(as)?, ¿qué implica ser ciudadano(a)?, y en última instancia, ¿puede restringirse a ciertas personas que habitan un territorio el derecho a tener derechos?

La discusión sobre la participación de las y los migrantes como ciudadanos(as) activos(as) y pasivos(as) –es decir, como electores y como candidatos– en el proceso constituyente, interpela directamente la mirada nacionalista de pertenencia al Estado, y la relación entre ciudadanía y nacionalidad. Esa interpelación remite a preguntas bien concretas: ¿es más significativo, para ser considerado un(a) ciudadano(a), haber nacido en un territorio que estar implicado y comprometido con el acontecer social y político del Estado en el que se reside?, ¿o haber nacido de padres chilenos que ser parte activa de una comunidad, que ser artífice de la vida cotidiana de una formación social?

Juan Carlos Velasco, en el libro El azar de las fronteras, lo explica de una manera tan clara que vale la pena la extensión de la cita: “La nacionalidad tal vez sea actualmente el criterio legal más importante para la asignación no solo de derechos y obligaciones, sino de bienes y servicios. Simultáneamente sirve como uno de los últimos criterios de discriminación legal. Que sea lo habitual no significa, sin embargo, que resulte aceptable. Que el documento de nacionalidad que uno porte determine las expectativas vitales resulta tan injusto como que lo haga la extracción social, la filiación religiosa o el color de la piel, criterios todos ellos que han quedado desacreditados. Nadie elige el lugar de su nacimiento y, por lo tanto, nadie puede responder por ello. Tampoco nadie, en consecuencia, lo debería esgrimir en su favor” (Velasco, 2016, p. 16).

El concepto de ciudadanía ha experimentado un profundo cambio en las últimas décadas y el “estallido social” es probablemente la prueba más palmaria de esa transformación en Chile. La convención constitucional –como una (y sola una) de sus expresiones– debiera ser entonces el escenario para reflexionar y discutir sobre este concepto.

Santiago Castro-Gómez (2000) ha destacado que la función jurídico-política de las Constituciones ha sido, entre otras, crear una idea de ciudadanía (“inventar ciudadanía”, dice textualmente el autor), lo que, a pesar de ser una ficción identitaria, sirve para homogeneizar a quienes habitan un territorio, para que sea posible la “gubernamentalidad”. Uno de los cambios que ha experimentado la idea de ciudadanía justamente cuestiona una supuesta “identidad homogénea”. La paridad de género y los escaños reservados para pueblos indígenas (con las limitaciones con las que se logró, entre ellas, la exclusión del pueblo afrochileno) apuntan en ese sentido. Hoy por hoy, no es posible una noción de ciudadanía que no se haga cargo de la diversidad.

Quedémonos, finalmente, con esta afirmación de Castro Gómez relativa a la invención de ciudadanía que realiza una Constitución. Desde esa perspectiva, con este proceso que se ha iniciado en Chile estamos literalmente construyendo ciudadanía. Es entonces el momento idóneo para  desvincular la ciudadanía de la nacionalidad y ensayar otros modos de entendernos y reconocernos como ciudadanos(as). Para y por eso, es importante que la voz de los(as) migrantes esté representada en la Convención, y que esa representación no se limite a quienes están nacionalizados, porque esa nacionalización es precisamente el epítome de esta discriminación arbitraria y fundante del Estado entre nacionales y no nacionales.

Esto implica que podamos ser candidatos a convencionales o, al menos, patrocinar a candidatos que representen nuestras ideas y luchas. Vamos entonces por la transformación jurídica del concepto de ciudadanía que ya ha estado cambiando en los hechos, cuya expresión más clara es la lucha de las organizaciones migrantes. Vamos por eso y vamos con todo, si no pa’ qué.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias