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Liderazgo civil en Defensa Opinión

Liderazgo civil en Defensa

Miguel Navarro Meza
Por : Miguel Navarro Meza Abogado y cientista político. Académico de la ANEPE y vicepresidente del Instituto Chileno de Derecho Aeronáutico y Espacial.
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Es un hecho innegable que el proceso constituyente y la campaña presidencial han estimulado una revitalización de los estudios sobre la Defensa y las Fuerzas Armadas. Esto es algo natural y esperable. La Defensa constituye una función básica de toda sociedad organizada y está intrínseca e indisolublemente ligada al ejercicio legítimo de la fuerza por el Estado. De ahí que tanto a propósito de la redacción de la nueva Carta Fundamental, cuanto de los programas de gobierno de los candidatos a la Presidencia, los temas de Defensa hayan tenido un perfil destacado. 

Uno de los conceptos que se ha planteado en el debate es el del “liderazgo civil”. Ha sido esgrimido en el debate constitucional –lo que reconoce que la nueva norma fundamental deberá incorporar los contenidos primarios de la relación entre el poder político y los uniformados– y recientemente se ha incorporado a dos de los acápites de defensa de los programas de gobierno que se agitan para las próximas elecciones presidenciales.  

El liderazgo civil es la capacidad efectiva de las autoridades civiles de tomar decisiones eficaces, eficientes y oportunas en el Sector Defensa y que esto sea reconocido por los militares. Incluye la capacidad de dirigir la defensa en el nivel político en situaciones de crisis internacionales o domésticas. Constituye el correlato a la sujeción de los militares a la autoridad política. El liderazgo civil encuentra su fundamento en el hecho de que la Defensa es el único ámbito de gestión de la Administración Pública que requiere un genuino liderazgo para su ejercicio efectivo. No es suficiente que las autoridades civiles dispongan de las atribuciones normativas para conducir la Defensa y las Fuerzas Armadas. También, y primariamente, deben disponer de las herramientas intelectuales y materiales para la tarea. Esto, a su turno, deriva de las modalidades decisionales diferentes propias del nivel político y del estamento militar, las que no se trasmiten de uno a otro. Además, en su faz conceptual, el liderazgo civil se inscribe en la lógica de las miradas convergentes de las relaciones político-militares propuestas por Rebecca Schiff y otros.   

La Defensa Nacional requiere de una relación político-militar moderna. Esta debe complementar las visiones tradiciones de las vinculaciones entre el poder político y los uniformados, caracterizadas por el control de los civiles sobre los militares –las lógicas de Huntington y Charles Moskos y otros– con las perspectivas contemporáneas de relación entre ambos estamentos, que enfatizan la cooperación y el sentido de propósito entre las autoridades civiles del sector, los uniformados y la sociedad civil. 

Las teorías convergentes de las relaciones político-militares asumen una sujeción de los militares a las autoridades civiles y enfatizan la necesidad que aquellas ejerzan el liderazgo correspondiente, pero se sustentan en un sentido de propósito y de intereses comunes en torno a la seguridad del país. Esto incluye además, una activa participación de la sociedad civil, especialmente por medio del conocimiento y la información acerca de cómo se está cumpliendo la Función de Defensa. Esto le otorga legitimidad y amplía su base de apoyo en la sociedad.

En Chile la relación formal entre las autoridades civiles y los militares están establecidas en la Constitución y giran en torno a la sujeción de los uniformados a la dirección política de la Defensa y al profesionalismo, disciplina y no deliberación de las Fuerzas Armadas. Esta aproximación jurídica y formal debe ser complementada por una visión política y doctrinal moderna, sustentada en la visión convergente, de sentido de propósito y de perspectiva futura entre las autoridades civiles del Ministerio de Defensa, los militares y la sociedad civil, lo que incluye muy primordialmente el estamento académico. 

Por ello, la inclusión del liderazgo civil en los programas de gobierno de los candidatos resulta especialmente necesaria y oportuna. La modernización del Ministerio de Defensa por medio de la Ley  Nº 20.424 de 2010 otorgó una amplia gama de atribuciones y potestades a las autoridades civiles del ministerio relativas a la conducción superior, planificación estratégica, administración financiera y de personal y varios otros ámbitos. Se transitó entonces de un ministerio eminentemente formal –como lo había sido desde 1932– a uno genuinamente en forma. Esto ancló la responsabilidad de conducción, firmemente y sin ambages, en el campo de sus autoridades civiles. Estas deberán ejercer en plenitud las atribuciones y potestades que actualmente tiene el ministerio. Se requiere que aquellos que ejerzan los cargos correspondientes sean capaces de ejercer un genuino liderazgo en el sector, de manera permanente.

De igual modo, deberán conducir la Defensa y a las Fuerzas Armadas –en el nivel político– en situaciones de crisis internacional o doméstica, a propósito de catástrofes naturales y otros avatares que pueden afectar la normalidad de la nación. Cabe mencionar que las nuevas formas de conflicto armado han hecho más compleja la conducción de la Defensa. El conflicto de cuarta generación, la guerra híbrida, la guerra “entre la gente”, implican considerables desafíos a las autoridades políticas del sector en todos los aspectos propios de su dirección superior: políticos, estratégicos, jurídicos, logísticos y varios más.   

El liderazgo civil se encuentra en una etapa relativamente inicial en Chile y corresponderá a la próxima administración consolidarlo en términos de asegurar una relación político militar moderna y propia de una democracia plenamente desarrollada. Además, el liderazgo civil deberá articular las adecuaciones legales que la forma como la nueva Carta Fundamental aborde la Defensa y las Fuerzas Armadas hagan necesarias. Toda la evidencia disponible actualmente apunta a un fortalecimiento constitucional de la supremacía civil, especialmente en torno a la figura del Presidente –o del Jefe del Estado, si la nueva Constitución se pronuncia por un régimen de gobierno distinto– y su relación con el estamento castrense.  

En consecuencia, quienes sean designados en los cargos superiores del Ministerio de Defensa Nacional deberán conducirlo con una mirada estratégica moderna, visión geopolítica y sentido de propósito, incluyendo el pleno ejercicio de las atribuciones que la nueva Constitución y las leyes les otorguen en caso de crisis internacionales o internas, y conflicto armado, en sus múltiples formas, y la capacidad de adaptar su normativa a los términos de la nueva Constitución, si así fuere necesario.    

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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