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La falta de transparencia en los criterios del SII para fijar el valor de las contribuciones Opinión

La falta de transparencia en los criterios del SII para fijar el valor de las contribuciones

Sebastián Franco Avalos
Por : Sebastián Franco Avalos Abogado tributarista.
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Uno de los aspectos más desconcertantes del reavalúo de 2018 fue el aumento inexplicado en los valores fiscales de muchas propiedades. Hubo 3.484 sitios eriazos cuyo avalúo fiscal aumentó diez veces de un año para otro, y 79.448 predios duplicaron su valor fiscal.


Más que eliminar o no las contribuciones a la primera vivienda, creemos que lo relevante es que exista una mayor transparencia en los criterios utilizados por el Servicio de Impuestos Internos (SII) para establecer estos valores fiscales.

En dicho sentido, dada la reciente discusión sobre la eliminación de la exención del pago de contribuciones a la primera vivienda, considerada en el proyecto constitucional, vale la pena echar un vistazo a los orígenes de este impuesto, pues el proceso de reavalúos fiscales de bienes raíces no agrícolas o de segunda categoría, ha pasado por diversas etapas.

En 1974 se llevó a cabo el primer reavalúo, que tuvo un impacto significativo en los valores fiscales de las propiedades y estableció la pauta para actualizaciones más regulares, basadas en el valor de mercado. En 1990, mediante la Ley 19.000, se canceló el reavalúo de bienes raíces no agrícolas de ese año y se restauraron los valores fiscales anteriores a junio de 1990. La modificación legal de la señalada ley permitió la realización de futuros reavalúos y facultó al Presidente de la República para ajustar la tasa de impuesto territorial y la exención habitacional según ciertos criterios.

Producto del alza excesiva de los valores fiscales, en 2014, se promulgó una ley que estableció limitaciones en el aumento de la Contribución de Bienes Raíces, restringiendo la variación anual del impuesto al 10%. Estas medidas se tomaron para evitar aumentos abruptos en las tasas de contribución y brindar estabilidad a los propietarios. El reavalúo de 2018 marcó un punto de inflexión en la tributación de Bienes Raíces en Chile, ya que se centró en las propiedades urbanas, incluyendo viviendas y terrenos. Los resultados de este proceso fueron impactantes y causaron una preocupación generalizada.

Algunos de los cambios más notorios incluyeron un aumento del 100% en el avalúo fiscal de las áreas urbanas más céntricas, experimentando incrementos más pronunciados que las regiones periféricas y generando importantes desigualdades en las tasas de contribución de bienes raíces en todo el país. Uno de los aspectos más desconcertantes del reavalúo de 2018 fue el aumento inexplicado en los valores fiscales de muchas propiedades. Hubo 3.484 sitios eriazos cuyo avalúo fiscal aumentó diez veces de un año para otro, y 79.448 predios duplicaron su valor fiscal, lo que generó interrogantes sobre los criterios utilizados por el SII para estos cambios tan drásticos.

Durante los procesos de reavalúo, el SII determina los valores fiscales mediante resoluciones administrativas, causando preocupación, por un lado, por la falta de transparencia en los criterios utilizados para establecer estos valores fiscales y, por otro, que la determinación de estos valores se realiza por medio de un acto administrativo y no por ley o por iniciativa exclusiva del Presidente de la República, como lo establece nuestra Constitución Política.

En el reavalúo del 2022 la tendencia de aumentos en los valores fiscales de las propiedades urbanas continuó. Algunos de los aspectos más destacados de este proceso incluyeron incrementos considerables en los valores, que en algunos casos llegaron al 50%. Esto generó preocupación entre los propietarios, las autoridades locales y la opinión pública, quienes nuevamente abogaron por una mayor transparencia en el proceso de reavalúo.

Dado lo anterior, creemos que la verdadera discusión para los contribuyentes es tener mayor claridad en las reglas del juego, más que si es tema o no de la nueva Constitución.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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