Opinión
Rendir cuentas al Estado: la nueva vara que todavía no llega a la sede vecinal
La Resolución N°2 abrió una puerta que llevaba años cerrada. Reconocer la proporcionalidad en la norma era la parte difícil y ya está hecha.
Este 1° de julio entró en vigencia la Resolución N°2 de la Contraloría General de la República, que reemplaza a la norma que rigió la rendición de cuentas públicas por más de una década.
Entre sus novedades hay una que pasó casi inadvertida y que, para quienes trabajamos con organizaciones sociales, es la más importante: por primera vez la proporcionalidad queda consagrada como un atributo de la rendición. Es una buena noticia. Pero la letra de la norma, por sí sola, no cruza el portón de una sede vecinal.
Conviene explicar qué cambió. La nueva resolución establece que la rendición debe guardar relación con el costo real de lo que se revisa —eso dice, en simple, su artículo 6°—. Y aterriza esa idea en dos mecanismos concretos: los receptores privados de transferencias por montos iguales o inferiores a 500 UTM pueden presentar sus informes con firma electrónica simple, y las entidades que otorgan esos recursos pueden autorizar, fundadamente, que la rendición se haga fuera del SISREC, la plataforma electrónica oficial.
Quinientas UTM equivalen hoy a unos 35,8 millones de pesos. Las juntas de vecinos, los clubes de adulto mayor y las agrupaciones culturales con las que trabajo a diario en la provincia de Linares postulan a fondos de alrededor de 5 millones: menos de un séptimo de ese umbral. En el papel, todas ellas quedan dentro del universo que la norma permite aliviar. Muchos veníamos planteando lo mismo: exigirle a una organización de barrio el mismo estándar documental que a un programa de miles de millones no es control, es desproporción. Ese diagnóstico ya no es una opinión de terreno; está reconocido en la normativa vigente.
Sé que proponer rendiciones más simples suena a contramano justo ahora, cuando el país discute platas públicas mal rendidas. Pero aquello no nació en juntas de vecinos con décadas de historia. Pensemos, además, en el revisor detrás de cada rendición: su tiempo es limitado. Cada hora que gasta revisando con lupa las boletas de un proyecto de 5 millones es una hora que le queda debiendo a las transferencias grandes, donde se concentra el riesgo de verdad. Cuidar la plata pública también es decidir dónde se pone la lupa. Dicho eso, hay dos letras chicas que conviene no saltarse.
La primera: el alivio es facultativo, no automático. La norma dice que las entidades otorgantes “podrán” autorizar la rendición simplificada. Podrán. Si un gobierno regional, un ministerio o una municipalidad no invoca esa posibilidad en sus convenios, la organización chica seguirá rindiendo igual que antes, con la misma mochila. La proporcionalidad quedó disponible; falta que alguien la use.
La segunda: la simplificación documental no resuelve la exclusión digital. Incluso el trámite aliviado sigue corriendo por Clave Única y plataformas electrónicas. Y ahí los números son elocuentes: según la investigación del Grupo Calidad de Vida, Familia y Envejecimiento de la Universidad Autónoma de Chile, solo un 17% de las personas mayores puede realizar un trámite digital sin ayuda. El dato importa porque buena parte de la dirigencia social de nuestras comunas está en ese tramo de edad: son ellos quienes firman, postulan y rinden. Este año, solo al Fondo Nacional del Adulto Mayor de SENAMA se presentaron 1.029 proyectos en la Región del Maule, 323 de ellos de la provincia de Linares. Detrás de cada uno hay un dirigente enfrentando una plataforma.
Con la norma nueva en la mano, entonces, la pregunta correcta no es si el marco mejoró —decididamente mejoró—, sino qué falta para que ese avance se sienta en el territorio. Me atrevo a proponer dos cosas concretas.
Primero, que los organismos que transfieren recursos incorporen la autorización simplificada como criterio general en sus bases y convenios con organizaciones comunitarias de montos menores, en lugar de dejarla como excepción que hay que solicitar. La facultad existe; adoptarla como regla para los fondos pequeños sería la señal de que la proporcionalidad se tomó en serio.
Segundo, que cada fondo concursable dirigido a organizaciones de base incluya acompañamiento presencial presupuestado como parte del diseño del programa, no como gesto voluntario. Una capacitación online o una visita única a la capital provincial no habilitan a un dirigente de setenta años para rendir en una plataforma electrónica. Sentarse al lado, las veces que haga falta, sí. Y ese acompañamiento cuesta plata: si no está en el presupuesto del programa, no existe.
La Resolución N°2 abrió una puerta que llevaba años cerrada. Reconocer la proporcionalidad en la norma era la parte difícil y ya está hecha. Lo que viene ahora es más simple de enunciar y más exigente de cumplir: que las instituciones usen la facultad que la propia norma les dio, y que nadie quede fuera de un fondo público por no poder con el trámite.
La nueva vara ya existe. Falta que alguien la lleve hasta la última sede vecinal.
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