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¿Derechos Humanos en Regiones?: el INDH y la descentralización de las garantías fundamentales Opinión AgenciaUno

¿Derechos Humanos en Regiones?: el INDH y la descentralización de las garantías fundamentales

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Álvaro González Silva
Por : Álvaro González Silva Director de Promoción del Círculo de Estudios de Derecho Internacional de los Derechos Humanos (CEDIDH).
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Reducir el presupuesto o las facultades del INDH significaría, en la práctica, debilitar esta primera línea de defensa, dejando vulnerables a quienes denuncian abusos de poder lejos del centro del país.


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El debate legislativo y público en torno al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) suele verse condicionado por la contingencia. Sin embargo, frente a las propuestas que buscan limitar sus atribuciones o reducir su financiamiento, es necesario elevar el nivel de la discusión.

Desde el Círculo de Estudios de Derecho Internacional de los Derechos Humanos (CEDIDH), advertimos que la protección de los derechos fundamentales no puede estar sujeta a negociaciones de corto plazo, pues representa una exigencia ineludible derivada de los compromisos internacionales asumidos por Chile.

En el ámbito del Derecho Internacional, la regla es clara: las responsabilidades en esta materia son obligaciones de Estado, no del gobierno de turno. Condicionar el funcionamiento o la legitimidad del INDH al clima político del momento desvirtúa los Principios de París, estándares de Naciones Unidas que exigen a este tipo de instituciones una autonomía e independencia garantizadas para poder operar.

Esta autonomía es esencial para el cumplimiento de su mandato legal, especialmente en su rol como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP). La prohibición de los tratos crueles, inhumanos o degradantes es un imperativo absoluto en el sistema internacional. Contar con un ente técnico que fiscalice de manera constante los recintos penitenciarios, comisarías y centros de menores no es un obstáculo para la seguridad pública, sino una garantía indispensable para que el uso de la fuerza estatal se ejerza siempre con estricto apego al Estado de Derecho.

Por otro lado, la discusión sobre el Instituto suele centrarse en la capital, omitiendo el valor de su despliegue territorial. Las Direcciones Regionales del INDH cumplen un rol insustituible al facilitar el acceso a la justicia y proteger a la ciudadanía frente a posibles vulneraciones. Un ejemplo reciente y decidor ocurrió en la Región de Los Ríos: frente al caso de una funcionaria de la Armada que denunció haber sido víctima de violación en Valdivia y que posteriormente sufrió represalias institucionales por atreverse a denunciar, la intervención de la sede regional del INDH fue determinante. El Instituto no solo logró que la justicia acogiera un recurso de protección en favor de la víctima, sino que su actuar fue clave en un proceso que culminó con la condena a penas de cárcel para el responsable.

Reducir el presupuesto o las facultades del INDH significaría, en la práctica, debilitar esta primera línea de defensa, dejando vulnerables a quienes denuncian abusos de poder lejos del centro del país.

De acuerdo con el principio de no regresividad en materia de derechos humanos, el debate parlamentario debe orientarse a robustecer, no a desmantelar, la institucionalidad existente. Tener un INDH autónomo, técnico y con recursos adecuados no debe entenderse como una amenaza, sino como un motivo de legítimo orgullo institucional. Es el reflejo de una democracia madura que valora la transparencia, acepta la fiscalización y respeta sus compromisos internacionales.

Proteger al INDH es, en definitiva, resguardar las bases de nuestra república y la dignidad de todas las personas.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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