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Meta lee tu chat y la PDI toca tu puerta Opinión

Meta lee tu chat y la PDI toca tu puerta

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Álvaro Ramis Olivos
Por : Álvaro Ramis Olivos Teólogo, doctor en filosofía, Presidente Centro de Estudios Territorio y Comunidad.
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Una joven de 22 años quedó libre en Chillán después de que Meta denunciara un mensaje que escribió conversando con amigos. Antes de discutir si hubo delito, conviene saber cómo opera el canal entre la empresa y la policía y bajo qué reglas.


Hace unos días el Juzgado de Garantía de Chillán dejó en libertad, sin medidas cautelares, a una mujer de 22 años que la PDI había detenido por supuestas amenazas contra el Presidente José Antonio Kast. La Fiscalía pidió arraigo nacional y prohibición de acercarse al Mandatario, y el tribunal rechazó ambas solicitudes. Según la prensa, la investigación comenzó con una denuncia de Meta por un mensaje que la joven habría escrito mientras conversaba con amigos. El jefe de la Defensoría de Chillán sostuvo que el delito imputado no existe y cuestionó la legalidad del procedimiento.

Desconozco el contenido del mensaje, que ningún medio ha publicado, y no pretendo defenderlo. Me interesa que las preguntas relevantes sobre cómo llegó ese mensaje a manos de la policía sigan sin respuesta pública.

El de Chillán se suma a una serie. En junio, un estudiante de 19 años fue formalizado por un mensaje en un grupo de WhatsApp de la Confech. En agosto, la PDI detuvo en Talca a una mujer de 23 años por una publicación en Instagram que Meta había reportado a la Brigada de Cibercrimen, y ese mismo mes a una joven de 19 años por una amenaza de bomba contra la Universidad de Chile, también a partir de un aviso de la empresa.

En septiembre hubo otra detención, en Lampa. El Gobierno ha acompañado cada episodio con declaraciones de firmeza, mientras el canal entre una empresa extranjera y la policía chilena, que está detrás de varios de estos casos, sigue funcionando casi sin escrutinio.

La información disponible proviene de la propia PDI. En septiembre, un comisario de la Brigada de Cibercrimen contó a Emol que Meta se acercó a los países para ofrecer información sobre contenidos que la compañía califica como riesgo público, y que la policía recibe, en lo fundamental, el nombre del perfil y el contenido. En la entrevista no se mencionó ley, convenio ni orden judicial, ni se dijo cuántas alertas llegan o en qué terminan.

Los casos de esa lista tienen naturalezas jurídicas diferentes. Quien comenta en el perfil de Instagram del Presidente actúa en público y sabe que cualquiera puede leerlo. Quien escribe en un chat con amigos está amparado por el artículo 19 número 5 de la Constitución, que declara inviolable toda forma de comunicación privada y solo admite intervenirla en los casos y formas que determine la ley.

Si el mensaje de Chillán circuló por un chat cifrado, alguien del grupo debió reportarlo; si el chat no estaba cifrado, la plataforma pudo leerlo o detectarlo con sus sistemas automáticos. De cuál de esas hipótesis se trate depende buena parte del análisis jurídico, y hoy la ciudadanía no tiene cómo averiguarlo.

El tipo penal plantea otra dificultad. Para que exista amenaza, el amenazado tiene que llegar a conocerla y esta debe ser seria y verosímil, algo difícil de sostener respecto de una frase dicha entre amigos que no estaba destinada a llegar a La Moneda. Si el Presidente terminó enterándose, fue porque la empresa, la policía y luego la prensa la pusieron en circulación. El rechazo de todas las cautelares hace pensar que el tribunal advirtió el problema.

Hay situaciones en que un aviso oportuno de una plataforma puede evitar una tragedia, como el anuncio de una bomba en una facultad, y sería absurdo pedir a las empresas que guarden silencio frente a ellas. Sin reglas conocidas, sin embargo, resulta imposible separar esos casos del de Chillán. Mientras el criterio que decide qué se reporta sea una política interna de una corporación con sede en California, aplicada sin control público, Chile habrá delegado de hecho una parte de su política de seguridad.

Por eso sostengo que esta información debe formar parte del conocimiento público. Habría que publicar el convenio, protocolo o instructivo que regula la relación entre la PDI y Meta, si existe, junto con la norma que la policía estima habilitante.

Corresponde también conocer cuántas alertas se reciben al año, desde qué plataforma, si se refieren a publicaciones abiertas o a mensajería privada, cuántas llegan a la Fiscalía y cómo terminan. Importa saber en qué casos un juez autorizó la obtención o ampliación de los datos y en cuáles se procedió por la vía de la emergencia.

Y es necesario informar cuántas alertas tienen como supuesta víctima a autoridades políticas, porque si el mecanismo reacciona con mayor celeridad cuando el ofendido es el Presidente, lo que está en juego incluye la libertad de expresión política.

Ninguno de estos datos compromete investigaciones en curso ni identifica a personas: son normas y estadísticas. Las plataformas ya publican informes de transparencia sobre los requerimientos que reciben de los gobiernos, y el Estado chileno debería informar con igual regularidad lo que recibe de ellas. En el Centro de Estudios Territorio y Comunidad pedimos esa información a la PDI por Ley de Transparencia, aunque lo razonable sería un reporte periódico y obligatorio, sujeto a revisión del Congreso y de la Agencia de Protección de Datos Personales que crea la Ley 21.719, que entra en vigencia en diciembre.

Mientras eso no ocurra, los efectos se acumulan. Si un mensaje en un grupo de amigos puede terminar en una detención, es esperable que muchas personas empiecen a moderar lo que dicen en privado sobre sus gobernantes, y esa autocensura se revierte con dificultad. Proteger al Presidente es una obligación del Estado que puede cumplirse sin tratar las conversaciones privadas como insumo policial, a condición de que el mecanismo que las vigila pueda ser conocido y controlado por todos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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