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Una glosa que declara pero no autoriza Opinión

Una glosa que declara pero no autoriza

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Una glosa que habilita el tratamiento masivo de datos sensibles de personas vulnerables debe hacerlo con una autorización expresa, una finalidad precisa y resguardos concretos.


En una columna anterior criticamos la glosa del proyecto de Ley de Presupuestos para 2027 que daba por otorgado el consentimiento de quienes solicitan beneficios sociales para tratar “todo dato personal”. La Comisión Especial Mixta de Presupuestos aprobó una indicación que reemplaza las glosas contenidas y repetidas en 27 partidas por una cláusula única. Ahora se deja constancia de que, de acuerdo con la normativa vigente, los organismos de la Administración del Estado están facultados para tratar los datos estrictamente necesarios para verificar el buen uso de los recursos públicos vinculados al beneficio. El cambio abandona la ficción del consentimiento, y eso es un avance. Pero los reparos de fondo se mantienen.

El primero es que la nueva glosa declara, pero no autoriza. Si la competencia ya existe, la glosa sobra. Si no existe, la constancia no la crea. Lo que corresponde es una autorización expresa, con la fórmula clásica del “autorízase”, anclada en el artículo 20 de la nueva ley de protección de datos, que permite a los órganos públicos tratar datos para cumplir sus funciones legales dentro de sus competencias.

El segundo es el alcance, ya que la referencia a “los organismos de la Administración del Estado” comprende a cualquier órgano, cuando debería limitarse a los que otorgan, administran o fiscalizan el beneficio. A la vez, al hablar de “quienes soliciten”, la glosa deja fuera la verificación posterior, durante el goce del beneficio. Debería referirse a quienes soliciten, perciban o utilicen la prestación.

En tercer lugar, la glosa aprobada tiene serios problemas de finalidad en el tratamiento de datos. El “buen uso de los recursos públicos” es una expresión vaga, difícil de conciliar con el principio de finalidad del artículo 3° letra b), y que además no calza con las franquicias tributarias, que no se financian con cargo a la Partida. Para adecuarse a los estándares del nuevo marco normativo, convendría señalar los requisitos de acceso y permanencia, y precisar que la competencia refiere al correcto uso del beneficio, además de prohibir expresamente cualquier otro uso.

Hay, además, algo que la glosa no advierte. Con la nueva ley, la situación socioeconómica es un dato sensible, según el artículo 2° letra g). Verificar beneficios sociales casi siempre exige tratarla. Si basta el artículo 20 sin una excepción del artículo 16 es una discusión abierta. Una mera constancia no cumple esa función y podría sabotear su propio cometido.

Desde el punto de vista de los derechos de las personas, se mantiene una omisión de resguardos. La alternativa no es elegir entre fiscalización y privacidad. Es posible controlar el uso de los recursos mediante accesos restringidos, registros de consulta y deberes de confidencialidad, tal como hoy existe a propósito del Registro Social de Hogares. Para rendir cuentas públicamente, debiera privilegiarse información agregada o anonimizada, evitando identificar a las personas atendidas. Esto es especialmente importante en programas que atienden a mujeres víctimas de violencia, pues el temor a que sus antecedentes sean conocidos podría disuadirlas de buscar ayuda cuando más la necesitan. 

Por último, la glosa guarda silencio sobre las comunicaciones de datos entre órganos públicos. Con la nueva ley de protección de datos, es necesario que un reglamento detalle la supresión de los mismos una vez concluida la verificación y el tratamiento a efectos del control fiscal. En otros términos, sin este detalle administrativo, existen riesgos de almacenamiento desproporcionado de datos y de posteriores tratamientos incompatibles con la finalidad original.

La indicación corrigió la forma, pero no el problema. Una glosa que habilita el tratamiento masivo de datos sensibles de personas vulnerables debe hacerlo con una autorización expresa, una finalidad precisa y resguardos concretos. Lo contrario es repetir la glosa original con otras palabras y dejar sin respuesta las preguntas que importan.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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