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Autonomía Judicial: los otros cambios que propuso la Suprema

Desde eliminar el recurso de queja hasta imponer al Presidente de la República un plazo de 30 días para resolver las ternas y quinas van las propuestas del Poder Judicial respecto a su autonomía estructural, operativa y de generación. Estos planteamientos son complementarios a los que contiene el informe sobre autonomía económica que ya dio a conocer El Mostrador.cl.


Un aspecto de la propuesta de autonomía del Poder Judicial que la Corte Suprema entregó al Gobierno el primer día de julio es el relativo a la eliminación del recurso de queja o bien, el establecimiento de restricciones a su uso.



El objetivo de tal idea es, según se lee en el documento, «incrementar la independencia interna de los jueces y la autonomía de los mismos".



La Suprema detectó que no pocos jueces y ministros de alzada dictan resoluciones ateniéndose estrictamente a los criterios reflejados en las sentencias pronunciadas por el máximo tribunal. Esto, por el temor al recurso de queja.



Aunque se explica que en muy pocos casos la Suprema acoge este tipo de libelos, ciertos jueces, e incluso ministros de alzada, han debido enfrentar sanciones por el sólo hecho de que, por ley, si el máximo tribunal aprueba la queja debe acompañar un pronunciamiento disciplinario respecto a la conducta del o los magistrados que dictaron el fallo, pues se entiende que con la resolución original se incurrió en un abuso.



Uno de esos casos fue el de Metalpar, cuando la Corte Suprema llamó severamente la atención a la titular y el magistrado suplente del Primer Juzgado del Crimen de Valparaíso tras la detención de tres directivos de la firma que fabrica buses.



Aunque una idea de la Corte Suprema es suprimir definitivamente el recurso (quedaría sólo vigente el de revisión) y detalla en su propuesta las modificaciones al Código Orgánico de Tribunales que deben realizarse, también se considera la posibilidad que este sólo se restrinja en cuatro aspectos.



El primero, que él pueda hacerse efectivo sólo en casos de resoluciones de tribunales unipersonales, "pues tratándose de tribunales colegiados es muy difícil que incurran en abusos, y se evita que la Corte Suprema modifique a petición de parte resoluciones por el hecho de tener otro criterio".



El segundo, que para acoger el recurso debe haber unanimidad de criterios y no simple mayoría, como es ahora.



El tercero, que la sanción deben aplicarla los mismos ministros que acogen el recurso. El cuarto, que si la sala estima que el abuso merece una sanción mayor a la amonestación privada, debe enviar los antecedentes al Pleno, órgano que determinará si se impone o no una medida mas drástica.



Designación de magistrados y calificaciones



Un aspecto desconocido de la propuesta de la Corte Suprema al Gobierno, en lo que fue llamado "Autonomía de Generación", se refiere al plazo que se pretende dar al Ejecutivo para que resuelva las ternas o quinas sometidas a su consideración para la designación de los altos miembros del Poder Judicial.



Esto, "sin perjuicio de que la autonomía exige que las designaciones de los miembros del Poder Judicial sean efectuadas sin injerencias de otros poderes del Estado", pues la intención preferente es la autogeneración.



Salvado ese punto y "en lo inmediato", el máximo tribunal establece un plazo máximo de 30 días, proponiendo que, "en caso de no emitir pronunciamiento dentro de ese plazo, se entenderá que aprueba tácitamente la designación del candidato que figure en primer lugar de la respectiva lista, debiendo proceder de inmediato a la dictación del decreto correspondiente, previa certificación en tal sentido del secretario de la Corte Suprema".



El tema de los plazos para la resolución de las ternas o quinas por parte del Ejecutivo ha generado confrontaciones entre ese poder del Estado y el Judicial, cuyo clímax se produjo el año pasado cuando el Gobierno nombró en dos cargos a un magistrado.



Esto, pues la premura de la Suprema por llenar los cupos vacantes generó un atochamiento de ternas en los escritorios del ministerio de Justicia y una vez que la primera de ellas fue resuelta, en algunas de las restantes figuraba el mismo nombre ya escogido, por lo que el Gobierno se quedó sólo con dos alternativas para elegir. En una solución creativa que puso contra la muralla al máximo tribunal, el Ejecutivo nombró a un mismo magistrado en dos cargos, obligando a la Suprema a rehacer la terna original.



Como se ha dicho, la propuesta incluye la aprobación tácita de la designación del candidato que figure en el primer lugar de las postulaciones. Hoy, en tal posición debe ir el magistrado al que "por derecho propio" (es decir, por antigüedad y sin mediar votación) le corresponda. Por años, ha figurado en las quinas para la Corte Suprema el ministro de la Corte de Apelaciones de Iquique, Jaime Chamorro, siempre escogiéndose entre los otros cuatro candidatos.



En su propuesta, entonces, el máximo tribunal incorpora modificaciones para que se elimine la candidatura por mayor antiguedad: "Se desea mejorar el sistema vigente, de manera que integren las quinas o ternas personas con un alto respaldo de votos", dice el documento.



Respecto al sistema de calificaciones, la Corte estimó conveniente "revisar los fundamentos de las calificaciones, de manera de establecer criterios que den cuenta también de la probidad del funcionario evaluado". No se especifica cómo se evaluará esta característica.



Además, se señala como conveniente "establecer mecanismos que eviten que la votación negativa de un solo miembro del órgano calificador pueda primar sobre el criterio de la mayoría en orden a definir la lista en que ha de quedar el funcionario calificado". Este punto es particularmente sensible para jueces y ministros de la Corte de Apelaciones, pues algunos de ellos han quedado en lista "buena" y no "sobresaliente" (imposibilitándoseles ascensos) debido al voto de uno o dos ministros que, poniendo alguna pésima nota, baja el promedio general. Así, la Suprema pretende volver a un sistema antiguo, donde la opinión de la mayoría era la que prevalecía al momento de la calificación.



Sanciones, traslados y permisos



Otro de los puntos que llama la atención es la propuesta de la Corte para que se elimine la participación del Ejecutivo en el traslado y permuta de cargos al interior del Poder Judicial. El tema es de especial importancia para algunos ministros de la Suprema pues se entiende que este mecanismo permite reordenar la disposición de los magistrados de acuerdo a los requerimientos que los tribunales posean.



Al Gobierno este sistema no le agrada del todo, y tal incomodidad quedó de manifiesto cuando la Corte Suprema trasladó a la antigua relatora de ese organismo como ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago. Se trataba de la magistrada que lleva ahora el caso GATE, Gloria Ana Chevesich, quien pasó a ser miembro del tribunal de alzada capitalino a raíz de un traslado "por razones de mejor servicio".



Este último mecanismo no había sido utilizado nunca por la Suprema para premiar a uno de sus jueces sino sólo para trasladarlos a localidades apartadas producto de faltas disciplinarias (a modo de castigo), y en su oportunidad este medio informó respecto a la incomodidad que generó en el entonces ministro de Justicia, José Antonio Gómez, quien incluso activó gestiones para parar el decreto de nombramiento. Pero la antigua autoridad gubernamental debió entender, finalmente, que la autorización del Ejecutivo no se requería cuando se invocaban razones de "mejor servicio".



El Gobierno tampoco gustaba, al menos hasta el año pasado, de la utilización de este mecanismo como modo de sanción a los jueces, pues se entendía que finalmente las localidades apartadas eran las que debían sufrir el rigor de tener administradores de justicia deficientes.



La Suprema, en la propuesta entregada al Gobierno, también solicita eliminar la facultad del Presidente de la República para prorrogar los permisos de tres días con goce de remuneración para los jueces.



"Se trata también de una materia que debería encontrarse radicada al interior de la propia judicatura, eliminando la facultad del Presidente de la República para prorrogar permisos de tres días con goce de remuneración, asignándola al Presidente de la Corte Suprema o de la Corte de Apelaciones respectiva", señala el texto.



Títulos de abogados



Finalmente, la propuesta de la Suprema incorpora modificaciones al sistema de obtención de títulos de abogados.



Actualmente, el máximo tribunal es el que otorga el título profesional, pero la detección por parte de la Suprema de cada vez más abogados que hacen uso indebido de su calidad de profesionales (faltas a la ética) ha hecho que la Corte se preocupe especialmente del tema.



La Suprema, entonces, propone crear una Comisión Evaluadora de los antecedentes del egresado, la que deberá estar integrada por académicos y representantes de los colegios de abogados, excluyéndose a los ministros del máximo tribunal de este proceso.



"De no fructificar la modificación propuesta, se debiera eliminar la participación de la Corte en el otorgamiento del título", concluye el documento.



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