PAÍS
Proyecto que penaliza ingreso clandestino es tildado de ineficaz y pasa a Sala con informe negativo
La iniciativa fue despachada a la Sala del Senado con informe negativo, después que expertos advirtieran que la norma cuenta con nulos efectos disuasivos, altos costos de implementación, y que “solo traslada al sistema de justicia penal una carga que ya demostró no poder procesar”.
Este martes la comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado rechazó en general el proyecto, en segundo trámite constitucional, que tipifica el delito de ingreso clandestino al territorio nacional.
Luego del periodo de audiencias, la iniciativa obtuvo tres votos contra dos, por lo que fue despachada a Sala con informe negativo para su votación durante la jornada de este miércoles.
Cabe mencionar que la norma es parte de las prioridades legislativas del Gobierno, por lo que las autoridades han hecho el llamado a acelerar su tramitación. Esto, en el marco de la política migratoria del Ejecutivo, donde otros de los compromisos es aumentar la frecuencia de los vuelos de expulsión que tienen por finalidad materializar las sanciones administrativas y penales, y la entrega de información quincenal a la opinión pública asociada a las expulsiones.
La norma modifica la Ley sobre Migración y Extranjería con un doble objetivo: introducir formalmente el delito de ingreso clandestino al territorio nacional y establecer las reglas procesales especiales que se aplicarán para perseguir penalmente este acto. Lo anterior, en un contexto con 46 mil expulsiones pendientes con decreto firmado.
El proyecto propone un nuevo artículo 119 bis, que crea el delito y establece una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y una multa de 5 a 10 UTM. Además de figuras agravadas, donde la pena aumenta de 541 días a 5 años si la persona ingresa teniendo una prohibición de ingreso vigente o si lo hace falsificando documentos.
En ese sentido, el director del Servicio Nacional de Migraciones, Frank Sauerbaum, señaló que la legislación establece la expulsión del país como pena accesoria, la cual se debe cumplir obligatoriamente una vez que se termine de pagar la multa o cumplir con pena de cárcel. Esto, “a pesar de que en el proyecto también se deja claro, mediante reglas procesales especiales, que la expulsión es la primera medida inmediata que se puede tomar en la frontera al momento en que la persona ingrese irregularmente”, dijo Sauerbaum ante la Comisión de Gobierno.
Adicionalmente, la iniciativa establece prisión preventiva en el caso de peligro de fuga, si el detenido no tiene identidad conocida, carece de documentos fidedignos o no tiene dinero para costear su estadía durante la investigación.
“Es una solución de papel”
Lo cierto es que gran parte de los expertos que expusieron ante la Comisión de Gobierno del Senado manifestaron su preocupación sobre la efectividad de la iniciativa, lo que fue secundado por parlamentarios de oposición.
“Este proyecto es una solución de papel. Actualmente, tenemos 6 mil órdenes de expulsión sin ejecutar porque Venezuela no recibe a sus ciudadanos. Y sin acuerdo de admisión con los países de tránsito, las expulsiones son inviables. La PDI no puede cumplir la ley en el aire, y meter más gente presa no cambia esa realidad. Es ineficiente, es impracticable y es desproporcionado”, señaló la senadora del PS y presidenta de la comisión, Danisa Astudillo.
Durante su exposición frente a la comisión este lunes, el jefe jurídico de la PDI, Daniel Solís, advirtió sobre los recursos adicionales que se requerirían para dar cumplimiento a la normativa, a lo que sumó las complejidades de los procedimientos durante el periodo en que el decreto Ley N° 1.094 sancionaba penalmente el ingreso clandestino.
“Hay que pensar en las personas que nosotros vamos a detener en flagrancia en los sectores fronterizos y toda la mecánica que va a generarse a continuación de eso. (…) El desplazamiento de esas personas hacia tribunales, la custodia de esas personas detenidas, la entrega al tribunal y las medidas que se tomen a continuación son relevantes para nosotros. Tenemos funcionarios en frontera haciendo la labor de control migratorio y, en el caso de que este ingreso regular pase a ser un tipo penal, va a implicar que nosotros tendríamos que articular al personal que está para fines de control migratorio”, planteó Solís.
Asimismo, indicó que, cuando el ingreso irregular existía como delito, el Estado desistía de la persecución penal, por lo que mucha gente no pudo ser expulsada y quedaba en el limbo jurídico.
Por su parte, el senador de la FRVS, Esteban Velásquez, declaró –con posterioridad a la votación– que el rechazo al proyecto se debe a que “no existe fundamento alguno” para creer que tipificar el ingreso clandestino vaya a tener algún efecto disuasivo.
“Estamos todos de acuerdo en el resguardo de la frontera y que no pueda haber migración clandestina. Pero este no es el camino, sino que son las expulsiones administrativas, como la que tiene Chile y que puede ser corregida. Pero para eso también se requiere más recursos, refuerzo a las policías, al Ministerio Público, a los propios tribunales y, además, las relaciones con los países vecinos. Con Bolivia tenemos cuotas para reconducir, por ejemplo, y Venezuela todavía no recibe ningún migrante o ciudadano venezolano porque no tiene relaciones diplomáticas con nuestro país”, indicó
Si bien el proyecto continúa su tramitación en Sala, el parlamentario advirtió que la información expuesta en el trabajo de comisión apunta a mayores costos y procedimientos engorrosos.
Desde la vereda contraria, el senador del Partido Republicano Renzo Trisotti reiteró que la iniciativa “no quiere repetir las mismas problemáticas de hace años, cuando esto estaba establecido como delito”.
“Efectivamente uno ve a lo largo del proyecto que siempre se va a intentar en primer lugar la reconducción. En segundo lugar, cuando el Ministerio Público solicite únicamente pena de multa, se va a aplicar un procedimiento donde se faculta al juez para disponer ciertas medidas distintas a las que se ejecutaban anteriormente”, señaló.
Y añadió: “La prisión preventiva también está establecida en el proyecto, que solamente se va a aplicar en aquellos casos que se desconozca la identidad del imputado o se carezca de medios para costear la estadía. Se entiende que en todos los otros procesos no se generaría esa prisión preventiva”.
Expertos apuntan a ineficiencia del proyecto
Académicos y organizaciones de la sociedad civil acudieron al Congreso para exponer lo que –a su juicio– son inconsistencias del texto legislativo que ahora deberá ser revisado en Sala.
El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Pascual, dijo que esta modificación al sistema migratorio chileno tiene tres principales problemas.
“Es costoso, un costo que tienen que asumir la Defensoría Penal Pública, el Ministerio Público, Gendarmería de Chile, los tribunales y la PDI. No contribuye a generar una expulsión más expedita ni eficiente, de hecho la complejiza. Y en tercer lugar, tiene varios problemas internos normativos, desde la lógica de la dogmática penal. Por lo tanto, como política pública no contribuye. Además, se aleja de los parámetros regionales. Ningún país de la región de América Latina tipifica el ingreso irregular como delito. Todos utilizan la vía administrativa, porque es más flexible, tiene menos costos asociados a su materialización”, afirmó.
El experto expuso que el año 2021, cuando todavía estaba el decreto Ley 1.094 que tipificaba el ingreso irregular como delito, se registró el peak de ingresos irregulares. Por lo tanto, tampoco tendría un efecto disuasivo en las personas que ingresen al territorio nacional.
“El Gobierno del Presidente Piñera, en su segundo mandato, entendió que era muy costoso hacerlo y, por lo tanto, promovió una ley como la 21.325, que es la que está vigente actualmente. Y por eso se avanzó en un ingreso irregular con sanción administrativa y no se mantuvo la idea de sanción penal”, dijo.
Por su parte, la investigadora del Núcleo Milenio MIGRA y profesora de Derecho UAI, Mayra Feddersen, señaló a El Mostrador que bajo la Ley 21.325, el ingreso de un extranjero por paso no habilitado es causal de expulsión del país. “En los dos últimos años, cuando se ha seguido el procedimiento para dictar la orden de expulsión, las Cortes Superiores han confirmado la decisión del Servicio Nacional de Migraciones. ¿Qué es lo que se pretende lograr con la penalización del ingreso clandestino, más allá de contradecir el principio de la no criminalización de la migración irregular, consagrado en la Ley 21.325?”, enfatizó.
En esa línea, Feddersen agregó que “si el objetivo real es contener el ingreso clandestino, la política pública debe apuntar a fortalecer el control fronterizo, agilizar los procedimientos del Servicio Nacional de Migraciones y profundizar acuerdos con los países de origen y tránsito. Penalizar al migrante que cruza no resuelve ninguno de esos problemas; solo traslada al sistema de justicia penal una carga que ya demostró no poder procesar, a costa de un principio que el legislador adoptó deliberadamente hace apenas cuatro años”.
Durante la sesión del paso 14 de abril, el director ejecutivo del Centro de Políticas Migratorias, Juan Pablo Ramaciotti, también advirtió sobre la necesidad de buscar mecanismos de mayor efectividad para la persecución penal. Por ejemplo, la priorización de casos donde la ejecución de un delito tenga como agravante el ingreso clandestino. “De manera que a quienes estemos persiguiendo ya hayan cometido otro tipo de delito y no se diluya el esfuerzo en todas las personas que ingresan de manera irregular, que quizás se podrían expulsar de manera más eficaz a través de la vía administrativa. O quizás en el caso de un ingreso clandestino reiterado”, apuntó.
“Si tratamos de aplicar–al menos desde la experiencia que ya tuvimos en Chile, además de experiencia de Italia y Francia– el delito a toda persona que ingresa de manera clandestina, si tenemos miles de casos al año, es posible que la intención de enviar una señal clara se diluya. Y que la intención de agilizar las expulsiones también se diluya, por no tener capacidad institucional, ni recursos económicos para poder hacerlo”, añadió Ramaciotti.